TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL TALAGANTE

C/ IGNACIO ANDRÉS FIGUEROA PAIVA

Rol

O-180-2022

Fecha

15 de febrero de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos materia de la acusación, según se lee del auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: “El día 7 de julio de 2 9 a las 3 horas aproximadamente el acusado IGNACIO FIGUEROA PAIVA en compañía de otros sujetos ingresó escalando el cierre perimetral a la parcela nro 45 del condominio El Descanso ubicado en Camino a Melipilla nro 38 2 comuna de Padre Hurtado de propiedad de Carolina Colomer Berríos quién en ese momento no estaba en el lugar y allí quebró un vidrio forzó una chapa de una puerta logrando entrar y acopió especies de propiedad de la víctima con la intención de llevárselas, no consiguiéndolo ya que es descubierto por vecinos . El acusado huye de lugar y salta dañando un cerco eléctrico hacia la parcela 47 de propiedad de Carlos Colomer Berrios el que lo sorprende en el interior del patio, lugar desde donde huye siendo retenido por vecinos y detenido por carabineros ” A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos configuran el delito de robo con fuerza en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 44 N° del Código Penal, en grado de frustrado, en el que le corresponde al acusado participación como autor de Código: CVWBXDZWXEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl conformidad con lo establecido en el artículo 5 N° del Código Penal . Se invoca la circunstancia minorante de irreprochable conducta anterior, y no se esgrimen agravantes. En virtud de lo anterior, solicita se aplique al acusado una pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, más las accesorias legales pertinentes, y las costas de la causa. TERCERO: Alegatos. Que, en su alegato de apertura, el Ministerio Público señala que con la prueba a rendir, quedarán acreditados los hechos de la acusación, los que reitera. Solicita se dicte veredicto condenatorio. La Defensa, por su parte, indica que el Ministerio Público expondrá una investigación bastante confusa, su representado estaba e

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e Intervinientes. Que el día diez de febrero de dos mil veintitrés, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante, constituido mediante modalidad remota por la contingencia sanitaria de público conocimiento, integrada por los jueces don Jorge Cataldo Aedo, quien la presidió, doña Alejandra Chacón Plaza, como redactora y don Álvaro Arriagada Fernández, como tercer juez integrante, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral relativa a la causa RUC N° 9 722439-k, Rol Interno N° 8 -2 22, seguida en contra de IGNACIO ANDRÉS FIGUEROA PAIVA, cédula de identidad N° 2 22 937-5, nacido el 3 de mayo de 999, 23 años de edad, soltero, carnicero, domiciliado en Callejón Edén, Sector La Isla, s/n, Sagrada Familia, Curicó, actualmente cumpliendo condena en causa RIT N° 2556-2 8 del Juzgado de Garantía de Talagante, en el CDP Santiago Sur. El Ministerio Público estuvo representado por la fiscal doña Helia Moya Avilés, en tanto que la representación del acusado estuvo a cargo de la defensora penal pública doña Francisca Castro Céspedes, ambas con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos materia de la acusación, según se lee del auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: “El día 7 de julio de 2 9 a las 3 horas aproximadamente el acusado IGNACIO FIGUEROA PAIVA en compañía de otros sujetos ingresó escalando el cierre perimetral a la parcela nro 45 del condominio El Descanso ubicado en Camino a Melipilla nro 38 2 comuna de Padre Hurtado de propiedad de Carolina Colomer Berríos quién en ese momento no estaba en el lugar y allí quebró un vidrio forzó una chapa de una puerta logrando entrar y acopió especies de propiedad de la víctima con la intención de llevárselas, no consiguiéndolo ya que es descubierto por vecinos . El acusado huye de lugar y salta dañando un cerco eléctrico hacia la parcela 47 de propiedad de Carlos Colomer Berrios el que lo sorprende en el interior del patio, lugar desde donde huye siendo retenido por vecinos y detenido por carabineros ” A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos configuran el delito de robo con fuerza en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 44 N° del Código Penal, en grado de frustrado, en el que le corresponde al acusado participación como autor de Código: CVWBXDZWXEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl conformidad con lo establecido en el artículo 5 N° del Código Penal . Se invoca la circunstancia minorante de irreprochable conducta anterior, y no se esgrimen agravantes. En virtud de lo anterior, solicita se aplique al acusado una pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, más las accesorias legales pertinentes, y las costas de la causa. TERCERO: Alegatos. Que, en su alegato de apertura, el Ministerio Público señala que con la prueba a rendir, quedarán acreditados los hechos de la acu

Fallo

se acuerda por qué, a lo mejor no se percataron en el momento. Al tribunal, aclara que la casa 45 estaba al cuidado de la hermana de la dueña, esta hermana vivía en la parcela 4 , eso le dijo la víctima, de la 4 , no recuerda por qué, pero la 45 estaba sin moradores y al cuidado de ella. 4.- Esteban Galvarino Pinto Guerrero, quien manifiesta que estos hechos suceden cuando trabajaba como conserje en el Condominio Fundo El Descanso, le dicen que había personas en la parcela 45, llegó al lugar con un jardinero observa una persona que los ve y arranca a la parte posterior de la propiedad, y después se pasa a la 47 de Carlos Colomer Trató de saltar la cerca, pero no podía saltar el cerco de latón, después llega carabineros y lo detienen. En ese tiempo era guardia, ahora es portero. A las preguntas de la defensa, contesta que era guardia interior, la propiedad afectada era de Emilio Giutard, cuando llegan a la parcela el sujeto estaba en la 45, al verlos se fue a la 47, estuvo cuando llegó carabineros, lo detuvieron en la 47 finalmente, al interior 5.- Carolina Andrea Colomer Berríos, quien indica que esto ocurre en el año 2 9 en su propiedad, la parcela 45, que en ese momento estaba siendo habitada, pero estaba fuera en ese minuto. Sus hermanos viven al lado, y le dijeron que un sujeto estaba ahí adentro, que habían roto ventanas, y tenían todos los elementos acopiados dentro de la logia. El hermano intentó sacarlo, llegaron carabineros, y un sujeto fue detenido. Tenían cierr

Texto Completo (Preview)

C/IGNACIO ANDRÉS FIGUEROA PAIVA. ROBO CON FUERZA EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACIÓN. RUC: 1900722439-K RIT: 180-2022 Talagante, a quince de febrero de dos mil veintitrés. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e Intervinientes. Que el día diez de febrero de dos mil veintitrés, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante, constituido mediante modalidad r

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica