GONZÁLEZ/CONT AGRICOLA RODRIGO GONZALEZ MUÑOZ EIRL
Rol
M-25-2021
Fecha
12 de noviembre de 2021
Materia
Costas, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos aducidos por la contraria, solicitando el rechazo de la demanda, con costas. Admite la existencia de la relación laboral con la actora, desde el día 20 de abril de 2021 hasta el 29 de julio del mismo año, en virtud de la cual la contraria cumplía funciones de anotadora de campo. Al mismo tiempo, difiere en la jornada laboral, la que señala se extendía desde las 12:00 hasta las 16:00 horas, asimismo, indica que la remuneración era de $10.884 diarios y que reconoce adeudar las cotizaciones previsionales de abril y mayo del año en curso. Agrega que la demandante el día 29 de julio de 2021 renunció a su puesto de trabajo y que pese a que se intentó llegar a un acuerdo con ella, aquello no fue posible. TERCERO: En la ya citada audiencia, luego de haberse realizado el correspondiente llamado a conciliación, la que no se produce, se fijó como hechos no controvertidos por las partes: 1.- Existencia de la relación laboral entre las partes. 2.- Fecha de inicio de la relación laboral el día 20 de abril de 2021 y fecha de término el día 29 de julio de 2021. 3.- Las labores que efectuaba eran de anotadora de campo Asimismo, fueron fijados como hechos controvertidos los siguientes: 1.- Efectividad de adeudarse las prestaciones demandadas, en este caso, feriado proporcional, hechos y circunstancias. 2.- Efectividad de adeudarse las cotizaciones previsionales por parte de la empleadora a la actora correspondiente al periodo trabajado, hechos y circunstancias. CUARTO: A su vez, en la fase de juicio fueron incorporados los siguientes medios de prueba por las partes: Prueba de la Demandante: I.- Documental: 1.- Acta de comparendo de conciliación celebrado por las partes de fecha 01-09-2021. 2.- Certificado de FONASA donde se establece el pago de contratista agrícola Rodrigo González E.I.R.L de los meses de junio y julio de 2021. 3.- Cartola y detalle de las transferencias recibidas por la trabajadora Mitzi González Morales respecto de su parte empleadora Rodrigo Gonzál
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece Mitzi Ivanova González Moraga, anotadora en labores agrícolas, domiciliada en Estanislao Salas N°316 Paradero N°8, Requegua, San Vicente de Tagua Tagua, quien interpone demanda en procedimiento monitorio por cobro prestaciones, en contra de su ex empleadora Contratista Agrícola Rodrigo González Muñoz E.I.R.L., empresa del giro de su denominación, representada legalmente por Rodrigo Andrés González Muñoz, desconoce profesión u oficio, con domicilio en Pasaje Maestra Rural N° 211 San Vicente de Tagua Tagua. Funda su demanda en que el día 19 de abril de 2021 fue contratada por la demandada para ejecutar las labores de anotadora en labores agrícolas a realizar en el Fundo Naicura El Niche de San Vicente de Tagua Tagua, sin que se le escriturara el contrato de trabajo respectivo, sin embargo, la parte empleadora reconoció la relación laboral al pagar cotizaciones de seguridad social por 7 y 4 días durante el mes de junio y julio de 2021. Agrega que la jornada laboral se estableció de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas con una hora para colación. Expone que la remuneración pactada con la parte empleadora era un sueldo líquido de $500.000.-, y que su remuneración imponible era la suma de $625.000.- para efectos de determinar las prestaciones de esta acción. Al efecto, señala que los pagos se realizaron con transferencias y depósitos a su Cuenta RUT del Banco Estado. Refiere que con fecha 29 de julio de 2021, dejó de trabajar para la parte demandada por las diferencias que tenía con la cónyuge del contratista, por los inconvenientes que se acusaba en el aumento del pago de los trabajadores. Indica que no suscribió finiquito y que no se le pagaron las cotizaciones por el período trabajado ni las prestaciones laborales adeudadas, por lo que el 16 de agosto efectuó reclamo ante la Inspección Comunal del Trabajo, pero la parte reclamada no compareció al comparendo. En cuanto al derecho aludió a la existencia de una relación laboral que la vinculaba con la contraria y la presunción legal establecida en el artículo 9º del Código del Trabajo. Asimismo, mencionó normas referidas al feriado legal y proporcional contenidas en el mencionado código. Por último se refirió a las cotizaciones de seguridad social y su normativa, aseverando que la parte empleadora no cumplió con la declaración y el pago de las cotizaciones de seguridad social por el período laborado entre el 19 de abril de 2021 y el 29 de julio de 2021. En definitiva, solicita declarar la existencia de la relación laboral habida entre las partes de este juicio y condenar a la demandada al pago del feriado legal por el periodo laborado, por la suma de $121.528.- y de las cotizaciones de seguridad social correspondientes a dicho periodo ante las instituciones previsionales que se encuentra afiliada AFP Provida, AFC Chile y FONASA, todo con los reajustes e intereses legales que procedan conforme lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, con exp
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 9, 63, 67, 71, 73, 452, 453, 454, 456, 457, 458, 459, 496 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Se acoge la demanda interpuesta por Mitzi Ivanova González Moraga en contra de la empresa Contratista Agrícola Rodrigo González Muñoz E.I.R.L., ambos ya individualizados precedentemente, declarándose la existencia de la relación laboral entre las partes entre el 20 de abril de 2021 hasta el 29 de julio de 2021 y solo en cuanto se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1.- La suma de $97.427, por concepto de feriado proporcional adeudado a la demandante. Dicha suma deberá pagarse con reajustes e intereses conforme lo dispuesto en el artículo 63 del Código del Trabajo. II.- Se condena a la demandada al pago de las cotizaciones previsionales, de salud y de cesantía de la demandante correspondientes por el periodo que medida entre el 20 de abril de 2021 hasta el 29 de julio de 2021, ambos inclusive, debiendo las instituciones a las que se encuentre afiliada la actora realizar las liquidaciones y ejercer las acciones de cobro una vez que la presente sentencia se encuentra ejecutoriada, conforme las remuneraciones percibidas por la actora de acuerdo a lo expuesto en el segundo párrafo del considerando sexto de esta sentencia. III.- No se condena en costas a la demandada por haber tenido motivo plausible para litigar. RIT M-25-2021 RUC 21- 4-0360678-K Proveyó don(a) LIDIA FERR
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San Vicente, doce de noviembre de dos mil veintiuno VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece Mitzi Ivanova González Moraga, anotadora en labores agrícolas, domiciliada en Estanislao Salas N°316 Paradero N°8, Requegua, San Vicente de Tagua Tagua, quien interpone demanda en procedimiento monitorio por cobro prestaciones, en contra de su ex empleadora Contratista Agrícola Rodrigo González Muñoz
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