MP C/ DAVID HERNÁN SILVA SÁEZ
Rol
O-4271-2022
Fecha
15 de febrero de 2023
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y oídos: Primero: Que Juan Pablo Salas Castro, Fiscal Adjunto de Temuco formuló acusación en contra de David Hernán Silva Sáez, cédula de Identidad N° 19.897.532-K, nacido el día 28 de noviembre de 1997, pescador artesanal, domiciliado en Avenida Pablo Castro N° 18, Tirúa por los siguientes hechos: “El día 05 de agosto de 2021, la víctima L.M.M. circulaba en el automóvil marza Suzuki modelo Alto patente KKRC 25, año 2018, por calle Nazario Chacón Zamora de la comuna de la Florida, cuando al llegar a la intersección con Los Canelos fue abordado por tres desconocidos, quienes con un objeto con apariencia de arma de fuego lo conminaron a descender para que entregara el auto y las especies de valor que portaba, apropiándose de ese modo del vehículo indicado, hecho denunciado mediante parte N° 1809 de la subcomisaría Los Jardines, dependiente de la 61° Comisaría de la Florida. El día 18 de julio de 2022, alrededor de las 17:00 horas personal de carabineros que efectuaba controles vehiculares en Av. Balmaceda esquina Manuel Antonio Matta de esta ciudad, fiscalizaron el automóvil marca Suzuki modelo Alto, el que exhibía las patentes KCWS 40, las que mantenían encargo vigente desde el 10 de agosto de 2021, por lo que efectuada la revisión del móvil se determinó a través de las series alfanuméricas de motor y chasis que correspondía al vehículo sustraído singularizado en el párrafo anterior. El acusado detentaba el vehículo conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen espurio y circulaba con placas patentes correspondientes a otro vehículo en conocimiento del tal circunstancia”. Según la Fiscalía los hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito de receptación de vehículo motorizado, prescrito en el artículo 456 bis A inc. 3° del Código Penal y del delito de circular con patente correspondiente a otro vehículo, previsto en el artículo 192 letra e) de la ley 18.290, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor, de conformidad a
Fallo
SE DECLARA: 1.- Que se acoge la acusación del Ministerio Público, solo en cuanto se condena a Daniel Hernán Silva Sáez, ya individualizado, a cumplir una pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de cinco unidades tributarias mensuales como autor del delito de receptación de vehículo motorizado, del artículo 456 bis A del Código Penal y a cumplir una pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual y a la suspensión de licencia de conducir por un año como autor del delito de de uso malicioso de placa patente correspondiente a otro vehículo, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la ley N° 18.290, ilícitos perpetrados el día 18 de julio de 2022 en esta ciudad, sin costas, por haber aceptado un procedimiento abreviado. 2.- Que la pena privativa de libertad se sustituye por remisión condicional con un lapso de observación y control de igual al de las penas impuestas, ante el Centro de Reinserción Social de Cañete, al cual deberá presentarse dentro de quinto día de ejecutoriada esta sentencia. Si transcurrido el referido plazo el condenado no se presentare a cumplir la pena sustitutiva, el Juzgado de Garantía de Temuco, con el sólo mérito del informe de Gendarmería desp
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Temuco, quince de febrero de dos mil veintitrés. Vistos y oídos: Primero: Que Juan Pablo Salas Castro, Fiscal Adjunto de Temuco formuló acusación en contra de David Hernán Silva Sáez, cédula de Identidad N° 19.897.532-K, nacido el día 28 de noviembre de 1997, pescador artesanal, domiciliado en Avenida Pablo Castro N° 18, Tirúa por los siguientes hechos: “El día 05 de agosto de 2021, la víctima L.M
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