FISCALIA IQQ C/ LOIDA CONDORI GALINDO
Rol
O-812-2022
Fecha
14 de febrero de 2023
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OIDOS LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL: PRIMERO: El día nueve de febrero en curso, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los jueces Sra. Loreto Jara Peña, en calidad de Presidente, Sra. Nancy Alvarado González (S) y Sr. Rodrigo Vega Azócar, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral relativa a los autos rol interno Nº 812-2022, seguidos por el Ministerio Público, representado por el Fiscal Sr. Guillermo arriaza Valenzuela, en contra de LOIDA CONDORI GALINDO, boliviana, cédula de identidad para extranjeros N° 14.887.166-3, nacida en Cochabamba, el 11 de diciembre de 2003, 19 años de edad, soltera, estudiante, sin domicilio en Chile, y para estos efectos en Sotomayor N° 548, Local N° 1, Iquique, representada por la Defensora Penal Pública, Sra. Carolina Lagos Jorquera. SEGUNDO: Los hechos materia de la acusación, según el auto de apertura del juicio, son los siguientes: “EL DIA 18 DE MAYO DEL 2022 APROXIMADAMENTE A LAS 20.50 HORAS EN CIRCUNSTANCIAS QUE PERSONAL DE LA SECCION OS7 DE CARABINEROS DE CHILE REALIZABA SERVICIOS ESPÉCIALIZADOS EN LA RUTA A 1 KILOMETRO 357 UTILIZANDO UN CAN DETECTOR DE DROGAS, PROCEDIO A LA FISCALIZACION DEL BUS DE LA EMPRESA SANHUEZA Y DE SUS PASAJEROS, INSTANCIA EN LA QUE EL PERRO DETECTOR “ANCOR” AL RECORRER EL PASILLO Y LLEGAR A LA ALTURA DEL ASIENTO NRO 3 ALERTO Y MARCO POSITIVAMENTE A LA ACUSADA LOIDA CONDORI GALINDO Y AL PROCEDER A SU FISCALIZACION , ESTA FUE SORPRENDIDA TRANSPORTANDO OCULTO DEBAJO DE SU ROPA 2 PAQUETES RECTANGULARES ENVUELTOS EN CINTA TRANSPARENTE CONTENEDORES DE UNA SUSTANCIA QUE RESULTO SER COCAINA CON UN PESO DE 1 KILO 92 GRAMOS APROXIMADAMENTE. PORTERIORMENTE EL PERSONAL DE GENDARMERIA AL PROCEDER AL REGISTRO DE UNA MOCHILA QUE PORTABA, DESCUBRIO QUE ESTA OCULTABA EN LA MISMA 2 BOLSAS DE NYLON COLOR NEGRO CON UNA SUSTANCIA QUE RESULTO SER COCAINA CON UN PESO DE 992 GRAMOS APROXIMADAMENTE”. Código: EXGXXDXNVLT Este documento tiene firma electrónica y su origi
Fundamentos
considerando que ha sido representada por una letrada provista por el Estado y de conformidad con lo Código: EXGXXDXNVLT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 12 prevenido en los artículos 593 y 600 del Código Orgánico de Tribunales, se le eximirá del pago de las costas del juicio. Finalmente, atendido lo expuesto por el funcionario de Aduanas convocado, y considerando que el dinero incautado en poder de la encausada, del que da cuenta el comprobante de depósito signado con el número 10 del basamento quinto y el teléfono celular que llevaba consigo (especie no incorporada materialmente), estaban siendo utilizados como instrumentos del delito, igualmente se decretará su comiso.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6, N° 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 26, 29, 31, 49, 50, 68, 70, del Código Penal; artículos 1, 45, 295, 296, 297, 325, 329, 340, 341 y 348 del Código Procesal Penal; 593 y 600 del Código Orgánico de Tribunales; artículos 1, 3 y 45 de la ley 20.000, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a LOIDA CONDORI GALINDO, ya individualizada, en calidad de AUTORA de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes, previsto en el artículo 3 y sancionado en el artículo 1 de la ley 20.000 sorprendido en esta jurisdicción el 18 de mayo del año 2022, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; multa a beneficio fiscal ascendente a UNA unidad tributaria mensual, eximiéndole del pago de las costas de la causa. II.- La sanción pecuniaria impuesta se le tiene por cumplida con cargo al tiempo que ha permanecido privada de libertad con ocasión de la presente causa, a razón de un día por cada un tercio de unidad tributaria mensual, en este caso, 3 días. III.- De acuerdo con lo razonado en el basamento duodécimo, la condenada cumplirá efectivamente la pena impuesta, sirviéndole de abono todo el tiempo que ha permanecido privada de libertad con ocasión de la presente causa, ininterrumpidamente a partir del 19 de mayo del año 2022, hast
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1 DELITO : TRÁFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES C / LOIDA CONDORI GALINDO RUC N°: 2200485464-4 ROL INTERNO : Nº 812-2022 Iquique, catorce de febrero de dos mil veintitrés. VISTO Y OIDOS LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL: PRIMERO: El día nueve de febrero en curso, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los jueces Sra. Loreto Jara Peña, en calidad de Presidente
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