Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ EDHINSON VALENTÍN UTINI MONTENEGRO

Rol

O-9693-2021

Fecha

6 de febrero de 2023

Materia

PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO, ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos: , , N° , , y del Código Penal; artículos , , y siguientes , , y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se rechaza requerimiento, en consecuencia, se absuelve a EDHINSON VALENTÍN UTINI MONTENEGRO, cédula de identidad N° - , ya individualizo, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, en cuanto le atribuye participación en calidad de autor de los delitos: robo en bienes nacionales de uso público y porte elemento destinados a cometer el delito de robo, previstos y sancionados, el primero, en el artículo 3 en relación con el artículo 3 ambos del Código Penal, en grado frustrado, y el segundo, previsto en el artículo del citado también consumado, supuestamente perpetrado alrededor de las : horas del de noviembre del año , en las inmediaciones de San Martín y Blanco de esta ciudad. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivo plausible para iniciar y proseguir la persecución penal, es liberado del pago de costas. Dictada por doña NORA ANTONIETA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez del Juzgado de Garantía de Valparaíso. /hlp. Código: SGWSXDJXTHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-15T18:05:49-0300

Fallo

se declara: I.- Que se rechaza requerimiento, en consecuencia, se absuelve a EDHINSON VALENTÍN UTINI MONTENEGRO, cédula de identidad N° - , ya individualizo, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, en cuanto le atribuye participación en calidad de autor de los delitos: robo en bienes nacionales de uso público y porte elemento destinados a cometer el delito de robo, previstos y sancionados, el primero, en el artículo 3 en relación con el artículo 3 ambos del Código Penal, en grado frustrado, y el segundo, previsto en el artículo del citado también consumado, supuestamente perpetrado alrededor de las : horas del de noviembre del año , en las inmediaciones de San Martín y Blanco de esta ciudad. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivo plausible para iniciar y proseguir la persecución penal, es liberado del pago de costas. Dictada por doña NORA ANTONIETA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez del Juzgado de Garantía de Valparaíso. /hlp. Código: SGWSXDJXTHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-15T18:05:49-0300

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA: RUC N° - // RIT N° - . C/ UTINI MONTENEGRO, EDHINSON VALENTÍN, cédula de identidad N° - , años, nacido el de noviembre del año , sin profesión u oficio informado, domiciliado en calle Cañería N° , Cerro Cordillera, Valparaíso. Valparaíso, seis de febrero de dos mil veintitrés. Y visto además lo dispuesto en los artículos: , , N° , , y del Código Penal; artículos , , y siguientes , , y

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