C/ JAIME FRANCISCO PASMIÑO VALDIVIA
Rol
O-42-2021
Fecha
14 de febrero de 2023
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos imputados e indica que con la prueba a rendir -la que detalla- los acreditará. Señala, además, que las víctimas Héctor Retamal y Ericka Santibáñez comunicaron su decisión de no prestar declaración en esta causa. Requiriendo las penas señaladas en el escrito de acusación. En la clausura señala que se ha comprobado el hecho y la participación del imputado Pasmiño, en el delito de receptación de especies, los funcionarios de carabineros Lagos y Álvarez son contestes en cuanto al reconocimiento del imputado que participa en estos hechos, y que efectivamente el día de los hechos se les informa por un comunicado radial de la ocurrencia de un delito de robo en lugar habitado, en un domicilio del sector Limonal de la comuna de Melipilla, de propiedad de don Héctor Retamal. Los funcionarios ingresan por camino El Limonal, que es el único camino de entrada y salida, lugar por donde venían las personas que habían participado en este ilícito, además, el comunicado indica que se desplazan en un vehículo Citroen, Elysee, de color blanco, y por ello intentan fiscalizarlo, sujetos que no se tienen, que en su marcha pasan a llevar a un funcionario policial, se inicia una persecución, luego en algún momento los imputados detiene este vehículo, bajan y se dan a la fuga del lugar. En el caso del acusado Jaime Pasmiño era el acompañante en el vehículo y José Córdoba era la persona que conducía. A la revisión del vehículo, en la maletera estos portaban una máquina orilladora, un alargador de 1 metros y una aspiradora para auto, determinándose que correspondían a la víctima don Héctor Retamal, ya que éste reconoce estas especies como las que le habían sido sustraídas. Es importante también señalar que, entre la denuncia del robo y la interceptación de este vehículo, a su fiscalización, habían pasado unos 1 minutos, bastante poco tiempo, se trataba de un delito de robo reciente. Unido a las fotografías en las que se muestra el vehículo marca Citroen, Elysee, de color blanco, donde
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante video conferencia, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla, integrada por la jueza presidenta de sala doña Nelly Villegas Becerra y las juezas doña Jessica Cofré Hidalgo y doña Azeneth Aguilar Navarro, se llevó a efecto el día de febrero pasado, la audiencia de juicio oral de la causa rol interno del Tribunal Nº - 1, seguida en contra de JAIME FRANCISCO PASMIÑO VALDIVIA, cédula de identidad N° 1 - , chileno, nacido en Santiago el de julio de 1 , años de edad, soltero, guardia, domiciliado en calle Ramón Barros Luco Nº , comuna de San Ramón. Es parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público representado por el fiscal don Luis Carreño Muñoz, estando la defensa del acusado Pasmiño a cargo de la defensora penal pública doña Diana Venegas Bastías, todos con correo electrónico y forma de notificación registrados en el tribunal. ACUSACIÓN Y DEFENSA Segundo: Que el hecho en que se funda la acusación es el siguiente: “El día 05 de Noviembre del año 2018, alrededor de las 12:30 horas, carabineros alertados por la comisión reciente de un hecho delito de robo de especies en lugar habitado en el inmueble de las víctimas HECTOR RETAMAL CRUCES y ERICKA SANTIBAÑEZ, ubicado en parcela N° 12, Condominio El Limonal, Melipilla, efectuaron un patrullaje preventivo, y realizaron fiscalización al vehículo marca CITROEN, modelo Elysee, que portaba en los parabrisas las placas patentes HTXG-50, conducido por el imputado JOSÉ ANTONIO CÓRDOVA MOLINA quien era acompañado por el imputado JAIME FRANCISCO PASMIÑO VALDIVIA, quienes se dieron a la fuga en el vehículo logrando ser interceptados en camino al Limonal comuna de Melipilla, luego que su conductor JOSÉ ANTONIO CÓRDOVA MOLINA al ver la presencia policial para efectos de evadir la fiscalización, aceleró el móvil invistiendo a funcionario de carabineros cabo 1° FREDY LAGOS LAGOS, resultando este con lesiones en su brazo derecho de carácter leve, chocando además a la camioneta fiscal PPU WX1125, provocando daño material a su estructura, correspondiente a puerta trasera costado izquierdo y puerta de pick up, daños mayores a 1 UTM, continuando así mismo con su huida, descendiendo del móvil los imputados, una vez reducidos el personal de carabineros se percató a su registro que mantenían en su poder y transportaban al interior del vehículo las siguientes especies: 1 maquina orilladora, un alargador de 15 metros, 1 aspiradora para automóvil propiedad de las víctimas antes señaladas, sabiendo o no pudiendo menos que saber que eran producto de un ilícito, así mismo personal de carabineros se percató a la revisión del móvil que éste portaba una placa patente que correspondía a otro vehículo, a sabiendas su conductor JOSÉ ANTONIO CÓRDOVA Código: RNPTXDYDPLT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl MOLINA y por otra parte al verificar los datos de identificación del móvil se percataron que el
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° , 1 , 1 N° 1, , , y bis A del Código Penal artículos 1, , , 7, , , 7, , 1, , , , y del Código Procesal Penal y, artículo del Código Orgánico de Tribunales, se declara: I. Que se condena a JAIME FRANCISCO PASMIÑO VALDIVIA, ya individualizado, a la pena de doscientos días de presidio menor en su grado mínimo, a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y al pago de una multa de cinco unidades tributarias mensuales, como autor de un delito consumado de receptación de especies, acaecido el día de noviembre de 1 , en la comuna de Melipilla. Código: RNPTXDYDPLT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Que la pena impuesta se le tiene por cumplida con el tiempo que estuvo privado de libertad por esta causa, a saber, bajo la medida cautelar de arresto domiciliario total, desde el de noviembre de 1 hasta el de mayo de 1 , luego bajo la misma medida desde el 1 al 1 de diciembre de , haciendo un total de días, conforme a certificación elaborada por el Jefe de Unidad de Causas de este tribunal. III. Si el enjuiciado no pagare la citada multa en la forma establecida en el considerando decimotercero de esta sentencia, se hará aplicable lo dispuesto en el artículo del Código Penal, según se determine en su oportunidad por el juez de ejecución. IV. Que se exime del pago de las costas de la c
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TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE MELIPILLA Contra JAIME FRANCISCO PASMIÑO VALDIVIA RUC . . - RIT - DELITO RECEPTACION DE ESPECIES Melipilla, catorce de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante video conferencia, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla, integrada por la jueza presidenta de sala doña Nell
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