3º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ MERCEDES SANTANA MORILLO

Rol

O-4356-2022

Fecha

7 de febrero de 2023

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos El día 20 de mayo de 2022, a las 01:30 horas aproximadamente, en la intersección de Av. Pio Nono con Av. Bellavista, comuna de Recoleta, funcionarios policiales sorprendieron a las imputadas realizando una venta de droga consistente en dos papelillos contenedores de cocaína al comprador identificado como JOSÉ GUTIÉRREZ GAJARDO por la suma de 2.000 pesos. Al registro de las imputadas, se incautó a YOLANDA PEÑA TEJEDA 18 papelillos contenedores de cocaína y la suma de 38.470 pesos en efectivo y a MERCEDES SANTA MORILLO, 65 papelillos contenedores de cocaína y la suma de 112.500 pesos en efectivo. Realizado el pesaje de la droga, esta arrojó como resultado un peso bruto de 19 gramos y 100 miligramos. CALIFICACIÓN jurídica : Los hechos referidos a criterio de la Fiscalía constituyen respecto del acusado el delito de TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGAS Y ESTUPEFACIENTES ART 4 LEY 20.000 en calidad de AUTOR y en grado de desarrollo de consumado SEGUNDO: Que los antecedentes probatorios fueron referidos en la audiencia de estilo y son conocidos de las partes Que según el ministerio publico reconoce en audiencia la atenuante del artículo 11 N° 6 y 9 del código penal solicita la pena de 819 días de presidio menor en grado medio y multa de dos unidades tributarias mensuales comiso, y accesoria generales. TERCERO: Que la acusada Y el fiscal adjunto solicitaron se procediera en conformidad al artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, el imputado declararo que conocía y aceptaba expresamente los hechos materia de la acusación y los antecedentes de la investigación en que ésta se funda y renuncio a su derecho al juicio Código: MKKQXDCSKHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial oral y público, manifestando que no fueron objeto de presiones o coacciones indebidas por parte del fiscal adjunto o de terceros. CUARTO : Que la defensa privada representada pór el abogado HECTOR MONTECINO

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 3º, 5º, 11 n 6 y N 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 30, 50, 68, del Código Penal; en los artículos 1º, 2º, 4º, 45, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; en los artículos 1º, 4 , 62°, de la Ley Nº 20.000 SE DECLARA: I.- Que el acusado es culpable de la acusación formulada por el Ministerio Público, y en consecuencia, se condena a la acusada MERCEDES SANTANA MORILLO ya individualizada en calidad de autora del siguiente delito TRÁFICO ILÍCITO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTE O Código: MKKQXDCSKHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 4° de la ley 20.000, en grado CONSUMADO , a sufrir la pena única de OCHOCIENTOS DIECINUEVE DIAS DE PRESIDIO MENOR EN GRADO MEDIO Y sanción accesoria del artículo 30 del código penal , esto es la suspensión de cargo u oficio publico durante la condena . II- Que además se le impone a la SENTENCIADA una multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES , la que se deberá pagar en un total de cuatro cuotas la primera de ellas comenzando por los cinco primeros días del mes de marzo. . III.- Se decreta el comiso de los efectos de delito y el dinero para ser depositado en cuanta habilitada al efecto por el ministerio del interior IV.-Se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, en razón de que ha admitido respo

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Poder Judicial SANTIAGO, SIETE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTITRES VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Santiago EL fiscal adjunto ALVARO NUÑEZ ha presentado acusación VERBAL en procedimiento abreviado en la causa criminal en contra de la imputada MERCEDES SANTANA MORILLO, con cédula de identidad numero 26.520.236-0 Y domiciliada en Bombe

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