Juzgado de Garantía de Graneros.

MP C/ JOSÉ IGNACIO NÚÑEZ QUIÑENAO

Rol

O-1441-2022

Fecha

13 de febrero de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: Con fecha 17 de julio 2022 siendo aproximadamente las 04:30 horas el imputado JOSE IGNACIO NUÑEZ QUIÑEÑAO llego hasta el local comercial ubicado en la Ruta 5 sur sector Angostura, cuyo nombre de fantasía es la cocina de Bessy, oportunidad en la cual ingreso mediante un forado en el techo donde procedió a sustraer diversas especies para posteriormente darse la fuga de ese lugar siendo detenido por carabineros. Procedimiento Abreviado: Graneros, trece de febrero de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA a JOSÉ IGNACIO NÚÑEZ QUIÑENAO, cédula de identidad N° 0021433075-K, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN (61) días de presidio menor en su grado mínimo, Por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Robo en lugar no habitado., hecho cometido en el día 17 de julio de 2022, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que se le condena a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la pena privativa de libertad. III.- Que concurriendo los requisitos de la Ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la de Remisión Condicional debiendo quedar a la sujeción y vigilancia de Gendarmería de Chile por el término de un año. Para tal efecto deberá presentarse al C.R.S. de Rancagua el día 6 de marzo de 2023. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216. IV.- Teniendo presente que el imputado ha aceptado los hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación, permitiendo la procedencia del juicio abreviado, se le exime del pago de las costas de la causa. Se reconocen circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Código: GEZXDNRXMT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.

Fallo

Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA a JOSÉ IGNACIO NÚÑEZ QUIÑENAO, cédula de identidad N° 0021433075-K, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN (61) días de presidio menor en su grado mínimo, Por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Robo en lugar no habitado., hecho cometido en el día 17 de julio de 2022, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que se le condena a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la pena privativa de libertad. III.- Que concurriendo los requisitos de la Ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la de Remisión Condicional debiendo quedar a la sujeción y vigilancia de Gendarmería de Chile por el término de un año. Para tal efecto deberá presentarse al C.R.S. de Rancagua el día 6 de marzo de 2023. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216. IV.- Teniendo presente que el imputado ha aceptado los hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación, permitiendo la procedencia del juicio abreviado, se le exime del pago de las costas de la causa. Se reconocen circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Código: GEZXDNRXMT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jggraneros@pjud.cl Juzgado de Garantía de Graneros Antonio Varas 137 de Graneros, fono 072-471799 o 072-472340 jggraneros@pj

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Garantía de Graneros Antonio Varas 137 de Graneros, fono 072-471799 o 072-472340 jggraneros@pjud.cl ACTA DE AUDIENCIA trece de febrero de dos mil veintitrés Ruc: 2200687382-4 Rit: 1441 - 2022 Hora Inicio: 13.10 Hora Término: 13.29 Juez: FRANCISCO CERDA PEREZ Tipo de Audiencia: procedimiento abreviado Delito: Robo en lugar no habitado.. Imputado: José Ignacio Núñez Quiñenao C.I. N° 0021

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica