MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ PATRICIO ANTONIO RIVERA RODRIGUEZ
Rol
O-207-2022
Fecha
13 de febrero de 2023
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: El día 13 de junio del año 2020 funcionarios de Carabineros de Chile quienes cumplían una orden de investigar concurrieron hasta el domicilio de PATRICIO ANTONIO RIVERA RODRIGUEZ ubicado en sector Colliguay, Fundo California, Quinchamalí Comuna de Chillán, accediendo éste a la entrada voluntaria para el registro del inmueble por existir antecedentes de la existencia de una plantación de marihuana, lo que no fue acreditado sin embargo se descubrió que el acusado mantenía sin permiso ni autorización alguna un revolver marca Colt calibre .38 largo serie 38544 con 5 cartuchos balísticos todos de igual calibre además de una escopeta sin marca Calibre 12 y un total de 37 cartuchos calibre 12 compatibles con la escopeta. A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos configuran los delitos de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego y Tenencia de Munición, descritos y sancionados Código: BMRXXDSXRYS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 en los incisos primero y segundo del artículo 9 de la Ley 17.798, respectivamente, en grado de consumado, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor. Agrega que concurre la circunstancia atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal. Por lo anterior, el Ministerio Público requiere se imponga al acusado PATRICIO ANTONIO RIVERA RODRIGUEZ, por el delito de Tenencia ilegal de Arma de Fuego, la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, y por el delito de Tenencia de munición, la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, más las penas accesorias y el comiso de las especies incautadas y al pago de las costas de la causa. TERCERO: Alegatos. En el alegato de apertura el Ministerio Público expresó que se acreditará que en el marco de una investigación personal de carabineros concurre a la casa habitación del acus
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Durante los días 7 y 8 de febrero de dos mil veintitrés, ante esta Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, integrada por los jueces titulares Olga Fuentes Ponce, quien la presidió, Roxana Salgado Salamé, como redactora, y por María José Vidal Arroyo, juez titular del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, subrogando legalmente, como integrante, se llevó a efecto el juicio oral para conocer de la acusación dirigida en contra de PATRICIO ANTONIO RIVERA RODRIGUEZ, cédula nacional de identidad N°10.445.383-K, de 57 años, casado, agricultor y guarda bosque, domiciliado en sector Colliguay, Fundo California, Estación s/n, Chillán. El acusado estuvo representado por la Defensoría Penal Pública, abogado Carlos Reyes Gutiérrez, domiciliado en Constitución 492, Oficina 307, Chillán. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal Juan Rohr Bocaz, domiciliado en Avenida O” Higgins N°180, Chillán. SEGUNDO: Acusación. Los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: El día 13 de junio del año 2020 funcionarios de Carabineros de Chile quienes cumplían una orden de investigar concurrieron hasta el domicilio de PATRICIO ANTONIO RIVERA RODRIGUEZ ubicado en sector Colliguay, Fundo California, Quinchamalí Comuna de Chillán, accediendo éste a la entrada voluntaria para el registro del inmueble por existir antecedentes de la existencia de una plantación de marihuana, lo que no fue acreditado sin embargo se descubrió que el acusado mantenía sin permiso ni autorización alguna un revolver marca Colt calibre .38 largo serie 38544 con 5 cartuchos balísticos todos de igual calibre además de una escopeta sin marca Calibre 12 y un total de 37 cartuchos calibre 12 compatibles con la escopeta. A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos configuran los delitos de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego y Tenencia de Munición, descritos y sancionados Código: BMRXXDSXRYS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 en los incisos primero y segundo del artículo 9 de la Ley 17.798, respectivamente, en grado de consumado, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor. Agrega que concurre la circunstancia atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal. Por lo anterior, el Ministerio Público requiere se imponga al acusado PATRICIO ANTONIO RIVERA RODRIGUEZ, por el delito de Tenencia ilegal de Arma de Fuego, la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, y por el delito de Tenencia de munición, la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, más las penas accesorias y el comiso de las especies incautadas y al pago de las costas de la causa. TERCERO: Alegatos. En el alegato de apertura el Ministerio Público expresó que se acreditará que en el marco de una investigación personal de carabineros co
Fallo
se acuerda es de que su suegra les habló, les dijo que no revolvieran sus cositas. Relata que cuando carabineros le solicitaba que firmara y que le entregara todo tipo de marihuana ellos estaban en el patio de su casa, pero había uno que estaba como encargado hablando por teléfono y hablaba con el fiscal, el fiscal le daba orden de que siguieran actuando y que, si no, iban a mandar al perro y todas esas cosas, ella no los Código: BMRXXDSXRYS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 12 autorizó a ingresar al patio de su casa. El galpón está en el patio, al lado de la casa habitación y se encuentra al interior del cerco de su casa, está al lado, está el galpón y la casa habitación. Su suegra se llama Gumersinda Olivia Rodríguez Pérez ese día cumplía 95 años, cuando llama a su marido se encontraba trabajando con su hijo que a esa fecha tenía 15 años se llama Víctor Manuel Rivera Betancourt. Respecto de este allanamiento se sintió anímicamente mal, no tiene ánimo de vivir, ha presentado cualquier enfermedad a través de todo esto, es terrible por el hecho de que los vecinos los tienen como drogadictos, como delincuentes, catalogados mal o sea ya no tienen la vida que tenían antes. Indica que nunca ha existido marihuana en su domicilio, nunca en su vida ha visto una planta de marihuana. Cuando los carabineros le dijeron a su marido que firmara la actitud de ellos respecto a su marido, era violento, lo trataron mal, ni si
Texto Completo (Preview)
1 C/ PATRICIO ANTONIO RIVERA RODRIGUEZ TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO TENENCIA DE MUNICION ARTÍCULO 9 INCISOS 1° Y 2° DE LA LEY 17.798 RUC 2000707488-4 RIT 207 - 2022 CÓDIGO DELITO: 10001-10011/ Chillán, trece de febrero de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Durante los días 7 y 8 de febrero de dos mil veintitrés, ante esta Primera Sala del Tribun
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica