MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ WILDER MARZANA RODRIGUEZ
Rol
O-455-2022
Fecha
11 de febrero de 2023
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día seis de febrero pasado, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, integrada por los jueces doña Llilian del Carmen Durán Barrera, quien presidió, don Marcelo Eduardo Echeverría Muñoz y doña Paula Lorena Ortiz Saavedra, se llevó a efecto a través de videoconferencia, mediante la plataforma Zoom, la audiencia del juicio oral, correspondiente a la causa RUC Nº 2200683586-8, RIT Nº 455-2022, seguida en contra del acusado WILDER MARZANA RODRÍGUEZ, boliviano, RUT N° 14.887.985-0, soltero, nacido en Inquisivi el 7 enero 1997, 26 años, trabajador de la construcción y, para estos efectos, con domicilio en calle Baquedano N° 239, oficina N° 608 de Antofagasta. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el Fiscal, abogado don Gary Estay Baeza, mientras que la defensa del acusado estuvo a cargo, del abogado de la Defensoría Penal Pública licitada, don Justo Veneros Palta. SEGUNDO: Que los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, contenida en el auto de apertura del juicio oral de fecha 9 de diciembre de 2022, proveniente del Juzgado de Garantía de Antofagasta, son los siguientes: “El día 14 de julio de 2022, siendo aproximadamente las 23:25 horas, a la altura del km. 1355 de la ruta 5 norte, en el sector de la Negra, comuna de Antofagasta, en circunstancias que Código: EBCDXDYXXZS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 el imputado WILDER MARZANA RODRIGUEZ viajaba a bordo del bus interurbano de la empresa Pluss Chile, PPU JSBD.33, con itinerario Calama – Santiago, fue sorprendido por funcionarios policiales portando y transportando en el sector del portamaletas del bus, un bolso color blanco con negro de material sintético con la leyenda “Pink”, que mantenía el ticket n° 897409, en cuyo interior habían 2 paquetes rectangulares y uno ovalado, confeccionados en nylon transparente, contenedores de una sustancia color beige, que sometida a la respectiva prueba de campo arrojo coloración positiva a la pasta base de cocaína. Sometida a pesaje, la sustancia arrojo un total de 3 kilos 256 gramos de la mencionada droga, la que el imputado transportaba sin contar con autorización alguna. Asimismo, se incautó un teléfono celular marca Redmi note 9 color negro, $69.000.-, 350 bolivianos, un ticket y contraticket con el n° 897409, un carnet de vacunación Covid de la República de Bolivia y una cedula de identidad boliviana n° 8705914.” Según el Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3°, en relación al artículo 1°, ambos de la Ley N° 20.000, en el cual se le atribuye al encausado, participación en calidad de autor directo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Agrega, que beneficia al incriminado, la atenuante establecida en el artículo 11 N° 6 del Código Penal,
Fallo
Por estas consideraciones y, de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 1°, 11 N° 6, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 21, 24, 25, 26, 28, 31, 47, 49, 50, 62, 68, 69 y 70 del Código Penal; 1°, 3°, 45 y 52 de la Ley N° 20.000.-; y 1°, 4°, 36, 45, 46, 47, 48, 281, 295, 296, 297, 309, 315, 325, 328, 329, 333, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 346, 347 y 348 del Código Procesal Penal; e Instrucciones del Pleno de la Excma. Corte Suprema sobre la forma y contenido de las sentencias dictadas por los Tribunales de la Reforma Procesal Penal, se declara: Código: EBCDXDYXXZS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 25 I.- Que, SE CONDENA, al encausado WILDER MARZANA RODRÍGUEZ, oportunamente individualizado, a cumplir la pena de CINCO AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO Y AL PAGO DE UNA MULTA DE CUARENTA UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, a beneficio del fondo especial del Ministerio del Interior a que se refiere el artículo 46 de la Ley N° 20.000, para ser utilizada en programas de prevención y rehabilitación del uso de drogas; y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, cometido en este territorio jurisdiccional, con fecha 14 de julio de 2022.- La multa podrá ser pagada
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1 Antofagasta, sábado once de febrero de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día seis de febrero pasado, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, integrada por los jueces doña Llilian del Carmen Durán Barrera, quien presidió, don Marcelo Eduardo Echeverría Muñoz y doña Paula Lorena Ortiz Saavedra, se llevó a efecto a través de videoconferencia, m
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