Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ MARIO BRIONES GARRIDO

Rol

O-8569-2022

Fecha

7 de febrero de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos , °, N° , N° 3 del Código Penal; artículos , °, y siguientes , 3 , 3 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento, en consecuencia se absuelve a MARIO BRIONES GARRIDO, cédula de identidad . - , ya individualizado de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público en cuanto le atribuye participación en calidad de autor del delito amenazas simples no condicionales, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal, en grado consumado, supuestamente perpetrados en horas de la tarde del ° de diciembre del año , en perjuicio de Maickol Alexis Silva Olivares, según hecho ocurrido en Avenida Manuel Antonio Matta, cerro Placeres, Valparaíso. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivo plausible para iniciar y proseguir la persecución penal, es liberado del pago de costas. Regístrese y archívese en su momento si no se interpusiere recurso procedente. Dictada por doña NORA ANTONIETA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez del Juzgado de Garantía de Valparaíso. /aag Código: FQXWXDFXERS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-13T01:48:00-0300

Fallo

se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento, en consecuencia se absuelve a MARIO BRIONES GARRIDO, cédula de identidad . - , ya individualizado de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público en cuanto le atribuye participación en calidad de autor del delito amenazas simples no condicionales, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal, en grado consumado, supuestamente perpetrados en horas de la tarde del ° de diciembre del año , en perjuicio de Maickol Alexis Silva Olivares, según hecho ocurrido en Avenida Manuel Antonio Matta, cerro Placeres, Valparaíso. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivo plausible para iniciar y proseguir la persecución penal, es liberado del pago de costas. Regístrese y archívese en su momento si no se interpusiere recurso procedente. Dictada por doña NORA ANTONIETA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez del Juzgado de Garantía de Valparaíso. /aag Código: FQXWXDFXERS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-13T01:48:00-0300

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA: RUC N° - // RIT N° – . C/ BRIONES GARRIDO, MARIO, cédula de identidad . . - , años de edad, nacido el de octubre del año , comerciante ambulante, con domicilio en Calle Cayena N° , Población Progreso, Cerro Placeres, Valparaíso. Valparaíso, siete de febrero de dos mil veintitrés Y visto además lo dispuesto en los artículos , °, N° , N° 3 del Código Penal; artículos , °, y siguientes ,

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