C/ ALEJANDRA CAROLINA BELMAR SÁNCHEZ
Rol
O-1672-2022
Fecha
9 de febrero de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la acusación y de los antecedentes de la investigación que la fundan, efectuada por la acusada ALEJANDRA CAROLINA BELMAR SÁNCHEZ, durante la audiencia de procedimiento abreviado, representada judicialmente por el abogado defensor de confianza señor IGNACIO ANDRÉS SALINAS PARRA, durante la audiencia de procedimiento abreviado, este Tribunal ha adquirido la convicción, más allá de toda duda razonable, de que realmente se han cometido los tres hechos punibles contenidos en la acusación presentada por el Ministerio Público, y que en todos ellos ha correspondido a la acusada ALEJANDRA CAROLINA BELMAR SÁNCHEZ una participación culpable y penada por la ley en calidad de autor ejecutor, que han sido establecidos en este proceso: El día veintitrés de junio de dos mil veintidós, a las 07.30 horas aproximadamente, en el domicilio ubicado en calle Código: XXCJXDDWXLS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial 2 Turín Nro. 7035 comuna de Cerro Navia, domicilio de la imputada ALEJANDRA CAROLINA BELMAR SÁNCHEZ, esta amenazó de manea seria y verosímil a la víctima KYLE LENNY DANIEL SAN MARTIN LARA, con quien se encontraba consumiendo drogas, luego de que este le señalara que se retiraría del domicilio, manifestándole la imputada: “no, tú me debes mucha plata, págame ahora o no te irás vivo”, mientras lo apuntaba con un revolver que sacó desde un mueble que se encontraba en el lugar. La victima llamó a Carabineros de Chile, quienes al llegar ingresaron al inmueble, incautando en poder de la imputada una pistola, marca Mauser, modelo A.-C. Oberndorf, número de serie 284293, calibre 7,65, con su respectivo cargador metálico, la que reúne las condiciones para que una vez percutida la capsula iniciadora que activa la deflagración de la pólvora puede lanzar un proyectil al espacio por la boca de fuego, por lo tanta apta para el disparo, 06 municiones, calibre 22, sin marca, sin percutir, 02 mun
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en la causa criminal RUC Nº 2200610584-3, RIT Nº 1.672-2022, sobre la base de los antecedentes de la investigación expuestos por la fiscal adjunto del Ministerio Público señora LÍA BELÉN HERRERA FLORES, y con la aceptación expresa de los hechos contenidos en la acusación y de los antecedentes de la investigación que la fundan, efectuada por la acusada ALEJANDRA CAROLINA BELMAR SÁNCHEZ, durante la audiencia de procedimiento abreviado, representada judicialmente por el abogado defensor de confianza señor IGNACIO ANDRÉS SALINAS PARRA, durante la audiencia de procedimiento abreviado, este Tribunal ha adquirido la convicción, más allá de toda duda razonable, de que realmente se han cometido los tres hechos punibles contenidos en la acusación presentada por el Ministerio Público, y que en todos ellos ha correspondido a la acusada ALEJANDRA CAROLINA BELMAR SÁNCHEZ una participación culpable y penada por la ley en calidad de autor ejecutor, que han sido establecidos en este proceso: El día veintitrés de junio de dos mil veintidós, a las 07.30 horas aproximadamente, en el domicilio ubicado en calle Código: XXCJXDDWXLS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial 2 Turín Nro. 7035 comuna de Cerro Navia, domicilio de la imputada ALEJANDRA CAROLINA BELMAR SÁNCHEZ, esta amenazó de manea seria y verosímil a la víctima KYLE LENNY DANIEL SAN MARTIN LARA, con quien se encontraba consumiendo drogas, luego de que este le señalara que se retiraría del domicilio, manifestándole la imputada: “no, tú me debes mucha plata, págame ahora o no te irás vivo”, mientras lo apuntaba con un revolver que sacó desde un mueble que se encontraba en el lugar. La victima llamó a Carabineros de Chile, quienes al llegar ingresaron al inmueble, incautando en poder de la imputada una pistola, marca Mauser, modelo A.-C. Oberndorf, número de serie 284293, calibre 7,65, con su respectivo cargador metálico, la que reúne las condiciones para que una vez percutida la capsula iniciadora que activa la deflagración de la pólvora puede lanzar un proyectil al espacio por la boca de fuego, por lo tanta apta para el disparo, 06 municiones, calibre 22, sin marca, sin percutir, 02 municiones calibre .32, marca Smith & Wesson, sin percutir, 03 municiones, calibre 6.35, sin marca, sin percutir, 01 munición, calibre 380, sin marca, sin percutir, 01 munición, calibre .38, marca cbc, sin percutir, 01 munición, calibre 9mm, marca luger cbc y 01 munición, calibre 32, marca Smith & Wesson Águila, sin percutir, también aptas para el disparo en armas convencionales, sin Código: XXCJXDDWXLS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial 3 contar la imputada con las autorizaciones correspondientes para el porte o tenencia, cocaína con un peso bruto de 130 gramos y 600 miligramos, marihuana con un peso bruto de 127 gramos, un millón de pesos ($1.000
Fallo
SE DECLARA: I.- Que la acusada ALEJANDRA CAROLINA BELMAR SÁNCHEZ, cédula nacional de identidad Nº 9.401.031-4, fecha de nacimiento el 27 de mayo de 1979, chilena, soltera, trabajadora, con domicilio en calle TURÍN Nº 7035, comuna de Cerro Navia, es CULPABLE en los tres cargos criminales formulados por el Ministerio Público en su acusación y, en consecuencia, se CONDENA a la acusada ALEJANDRA CAROLINA BELMAR SÁNCHEZ en calidad de AUTOR del simple delito de TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO Y MUNICIONES, en grado CONSUMADO, perpetrado el día veintitrés de junio de dos mil veintidós, en la comuna de Cerro Navia de la ciudad de Santiago, a cumplir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a la pena accesoria general de INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA PARA DERECHOS POLÍTICOS y la de INHABILITACIÓN Código: XXCJXDDWXLS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial 7 ABSOLUTA PARA CARGOS Y OFICIOS PÚBLICOS DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, y a la PÉRDIDA de la pistola, marca Mauser, modelo A.-C. Oberndorf, número de serie 284293, calibre 7,65, con su respectivo cargador metálico, la que reúne las condiciones para que una vez percutida la capsula iniciadora que activa la deflagración de la pólvora puede lanzar un proyectil al espacio por la boca de fuego, por lo tanta apta para el disparo, 06 municiones, calibre 22, sin marca, sin percutir, 02 municiones calibre .32, marca Smith & Wesson, s
Texto Completo (Preview)
Poder Judicial 1 Santiago, nueve de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en la causa criminal RUC Nº 2200610584-3, RIT Nº 1.672-2022, sobre la base de los antecedentes de la investigación expuestos por la fiscal adjunto del Ministerio Público señora LÍA BELÉN HERRERA FLORES, y con la aceptación expresa de los hechos contenidos en la acusació
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica