M.P. C/ ANTONIO IVÁN EDGARDO FERNÁNDEZ BELLAZZI
Rol
O-574-2019
Fecha
9 de febrero de 2023
Materia
OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO., PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO
Resultado
No especificado
Hechos
hechos establecidos: Se tuvo por acreditado que, don Antonio Iván Edgardo Fernández Bellazzi, cédula nacional de identidad Nº 15.530.431-6, domiciliado en villa Carlos González, pasaje Carlos Biesis Nº 170, de la comuna de Talca, 39 años, soldador, chileno, casado. Incurrió en el siguiente hecho: El día 14 de agosto de 2019 alrededor de las 10:00 horas, personal de carabineros de la Tenencia de carretera Cautín Sur, sorprendió a los imputados Antonio Iván Edgardo Fernández Bellazzi y Yirlayne Estefanie Carrasco Solar, al interior del vehículo que portaba la placa patente única LN-5324, manteniendo en su interior especies tales como un napoleón de material metálico de 14 pulgadas, de color anaranjado, marca tactix; un palo de madera color café, tipo luma de 47,5 cm de largo y 3,5 cm de ancho; una máscara cubre cuello y nariz, marca x-sport, color negro, de 53 cm de largo y 24 cm de ancho, color negro; además de un arma de fogueo, tipo revolver, color gris, con su empuñadura envuelta en huincha aisladora de color negro, marca olymplic-6, calibre 22, de fabricación italiana y; una llave gastada, tipo ganzúa, que se mantenía en el piso de dicho vehículo, especies que son conocidas para cometer el delito de robo y de las cuales los imputados no pudieron dar descargo suficiente de porque las mantenían en dicho lugar. Este vehículo se encontraba en la carretera 5 sur, específicamente en el kilómetro 749, de la comuna de Loncoche. Además, era conducido por el imputado Fernández Bellazzi, en conocimiento de que la placa patente LN-5324 que portaba, era adulterada, ya que ambas patentes se encontraban cortadas y redibujadas con pintura negra, verificando que el número de chasis y motor correspondían a otra patente. Parte resolutiva: Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 3, 11 Nº 9, 15, 21, 30, 49, 50, 59, 61, 62, 68, 69, 70 y 445 del código penal; articulo 192 letra e) de la ley 18.290; artículos 36, 45, 295, 297, 340, 342, 343
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 3, 11 Nº 9, 15, 21, 30, 49, 50, 59, 61, 62, 68, 69, 70 y 445 del código penal; articulo 192 letra e) de la ley 18.290; artículos 36, 45, 295, 297, 340, 342, 343, 348, 406 y siguientes del código procesal penal, se resuelve: I.- Que, se condena a don Antonio Iván Edgardo Fernández Bellazzi, cedula de identidad Nº 15.530.431-6, ya individualizado, como autor, en grado de consumado, del delito de portar elementos que son conocidamente destinados para cometer delito de robo, previsto y sancionado en el artículo 445 del código penal, hecho cometidos el día 14 de agosto del año 2019, en la comuna de Loncoche, a la pena de cien días, de presidio menor en su grado mínimo, y las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, se condena a don Antonio Iván Edgardo Fernández Bellazzi, cedula de identidad Nº 15.530.431-6, ya individualizado, como autor, en grado de consumado, del Código: CJZCXDDDBES Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl delito previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la ley 18.290, hecho cometido el día 14 de agosto del año 2019, en la comuna de Loncoche, a la pena de seiscientos días, de presidio menor en su grado medio; la pena de multa ascendente a diez unidades tributarias mensuales, a beneficio fiscal y; las accesorias de suspensión de cargo u oficio público dur
Texto Completo (Preview)
Loncoche, nueve de febrero de dos mil veintitrés. Conforme al artículo 62, inciso 3º, del Acta 71-2016, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. Los hechos establecidos: Se tuvo por acreditado que, don Antonio Iván Edgardo Fernández Bellazzi, cédula nacional de identidad Nº 15.530.431-6, domiciliado en villa Carlos González, pasaje Carlo
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