Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ OSCAR ANDRÉS OJEDA OSORIO

Rol

O-416-2022

Fecha

9 de febrero de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Existiendo de las partes, renuncia a los recursos y plazos legales, dese cumplimiento inmediato a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. RIT 416 - 2022 RUC 2200070638-1 Pronunciada por don MIGUEL ANGEL GARCIA HERRERA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Jpa. Código: CHLHXDDZYXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-10T13:34:15-0300

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 68 Bis y 442 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 8 y siguientes de la Ley 18.216; se declara: I.- Que, SE CONDENA a OSCAR ANDRÉS OJEDA OSORIO, RUN N°18.205.450-K, ya individualizado, como autor del delito frustrado de robo en lugar no habitado en perjuicio del local comercial Reinares, cometido en Puerto Montt el día 21 de enero de 2022 a la PENA de CUARENTA Y UN DÍAS de prisión en su grado máximo y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, la pena corporal impuesta se tiene por cumplida con el mayor del tiempo en que se mantuvo sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario parcial en esta causa, esto es, desde el 21 de enero de 2022 al 26 de abril de 2022, lo que totaliza , según conversión a un piso mínimo de doce horas, sesenta y cuatro (64) días. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Existiendo de las partes, renuncia a los recursos y plazos legales, dese cumplimiento inmediato a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. RIT 416 - 2022 RUC 2200070638-1 Pronunciada por don MIGUEL ANGEL GARCIA HERRERA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitad

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, nueve de febrero de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 68 Bis y 442 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 3

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