4º Juzgado de Letras de Copiapó

NORTE ABIERTO SPA/

Rol

V-2396-2018

Fecha

16 de junio de 2020

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 28 de septiembre de 2018, compareció doña María Elizabeth Orrego Espinosa, chilena, abogada, soltera, Rut N° 13.788.756-8, en representación de NORTE ABIERTO SpA, sociedad por acciones constituida bajo las leyes chilenas, del giro extracción de otros minerales metalíferos, Rut N° 77.116.500-1, ambos domiciliados para estos efectos en Diego de Almagro N° 204, comuna y ciudad de Copiapó, solicitando la concesión de explotación denominada “CUERVO 15, 1 AL 100”, sobre una superficie de 100 hectáreas, cuyo punto de interés se sitúa en la comuna de Tierra Amarilla, provincia de Copiapó, Tercera región de Atacama, haciendo uso e invocando una concesión de exploración constituida y vigente denominada “CUERVO 15”, cuyo pedimento se presentó en el Primer Juzgado de Letras de Copiapó, el 17 de mayo de 2016, y se constituyó con fecha 29 de septiembre de 2016. SEGUNDO: Que tal manifestación se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó, con fecha 05 de octubre de 2018, a Fojas 4.795 Nº 2.949 del mismo año, y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 42.183 del 18 de octubre de 2018. TERCERO: Que el 02 de mayo de 2019, se solicitó la mensura de 80 pertenencias de las 100 manifestadas originalmente, cubriendo una superficie total de 80 hectáreas, distribuidas en 80 pertenencias de 1 hectárea cada una, habiéndose publicado tal petición el día 13 de mayo de 2019 en el Boletín Oficial de Minería N° 42.352. CUARTO: Que en folio 8 y con fecha 21 de junio de 2019, se certificó que no hubo oposición a la solicitud de mensura de las pertenencias manifestadas. QUINTO: Que la mensura realizada comprende ochenta pertenencias con una superficie total de 80 hectáreas, con el nombre “CUERVO 15 1 AL 80” y los vértices del perímetro del grupo son los siguientes: VÉRTICE NORTE (m) ESTE (m) L1 6.951.200,00 375.000,00 L2 6.951.200,00 375.800,00 L3 6.950.200,00 375.800,00 L4 6.950.200,00 375.000,00 Correspondiendo su punto de interés a la intersección de la coordenada 6.950.700,00 metros Norte con la abscisa 375.500,00 metros Este. SEXTO: Que a folio 16 rola ordinario Nº 001428 del 11 de marzo de 2020 del Servicio Nacional de Geología y Minería señalando que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. SÉPTIMO: Que no se observan vicios que obsten a la concesión impetrada. OCTAVO: Que en folio 20, se ordenó traer los autos para fallo.

Fallo

Por estas consideraciones, y conforme lo disponen los artículos 2, 34, 44,59, 85 y 87 y siguientes del Código de Minería, resuelvo: I.- Declárese constituidas las pertenencias “CUERVO 15, 1 AL 80”, Rol Nacional Nº 03203-7491-K, con una superficie total de 80 hectáreas, a favor de NORTE ABIERTO SpA, ya individualizada. II.- Apruébense su plano y acta de mensura. III.- Cumpla el interesado con entregar al SERNAGEOMIN copia de esta sentencia, del acta de mensura y original del plano. Otórguese extracto conforme al artículo 90 y publíquese. Inscríbase junto con el acta de mensura. Archívense los planos. Anótese, regístrese, notifíquese, dese copias y archívese la causa en su oportunidad. Dictada por don PATRICIO EDUARDO VERGARA MORA, Juez Titular del Cuarto Juzgado de Letras de Copiapó. En Copiapó a dieciséis de junio de dos mil veinte. Notifíquese por el estado diario la sentencia que antecede.- avt Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-06-16T11:02:45-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-2396-2018 CARATULADO : NORTE ABIERTO SPA/ Copiapó, dieciséis de junio de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 28 de septiembre de 2018, compareció doña María Elizabeth Orrego Espinosa, chilena, abogada, soltera, Rut N° 13.788.756-8, en representación de NORTE ABIERTO SpA, sociedad por a

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