MARTÍNEZ/
Rol
V-389-2019
Fecha
15 de junio de 2020
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 24 de diciembre de 2019 a folio 1 comparece do añ MARIBEL MARTINES RIVAS, Viuda, Cesante, Cedula Nacional de Identidad Nro. 9.504.358-5, domiciliada en calle Prieto Norte Nl:351, de la ciudad de Temuco e indica que a trav s de este acto, viene en solicitar aé Uso se ordenen las cancelaciones pertinentes de las inscripciones practicadas en el Registro de Propiedad del Segundo Conservador de Bienes Ra ces deí Temuco, la cual dice referencia al inmueble ubicado en calle 28 Lautaro sin n mero que corresponde al lote cuatro manzana E del plano de laú Poblaci n 29 Villa La Frontera, de la localidad de Caj n, comuna deó ó Vilc n, cuyos deslindes especiales 30 son los siguientes: NOR-ESTE: Loteú cinco de la manzana E SUR-OESTE: Lote tres de la 31 manzana E; SUR-¡ ESTE: otros propietarios; NOR-OESTE: pasaje Lautaro, y acto seguido, ordene la inscripci n en el Registro de Propiedad del Segundo Conservadoró de Bienes Ra ces de Temuco, por los
Fundamentos
motivos que pasa a exponer: LOSí HECHOS: a) ESCRITURAS DE CESIONES: Que, por escrituras p blicasú de fecha 26 de noviembre de 2015, Repertorio N. o 8815, y rectificatoria de fecha 6 de enero del a o 2016, Repertorio N. o 70, ambas otorgadas anteñ don Jorge El as Tadres Hales, Notario P blico Titular de la Agrupaci n deí ú ó Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Cuneo, Vilc n, Freir y Melipeuco,ú é se cedieron la totalidad de las acciones y derechos que les correspondieron a la fecha a los cedentes de la sucesi n Galaf Cofre, conformada por sus hijosó do a Tomasa del Carmen Galaf Cofre, su hija do a Graciela Galaf Cofre,ñ ñ su hijo don Segundo Sandalia Galaf Cofre, su hija do a Mar a Gladysñ í Galaf Cofre, su hijo don Fidel Gast n Galaf Cofre, su hijo don Hern nó á Segundo Galaf Cofre, se de sus nietos don Claudia Enrique Mu oz Galaf,ñ do a Lisbet del Pilar Mu oz Galaf, do a Gladys Mercedes Molina Galaf, yñ ñ ñ don Jorge Ricardo Molina Galaf, transfiriendo los derechos y acciones del causante don Sandalio Galaf Belmar, padre de los hermanos y sobrinos ya individualizados, cuya posesi n efectiva se encuentra inscrita bajo el N.Oó 29626 del a o 2006, en el Servicio de Registro Civil e Identificaci n deñ ó Chile, y fue concedida en la oficina de Temuco, y la inscripci n especial deó herencia rola a fojas 6999 vuelta N."8694 del a o 2006, del Registro deñ Propiedad del Primer Conservador de Bienes Ra ces de Temuco,í correspondiente al a o 2006, y trasladada en inscrita a fojas 5396 N.05050ñ del a o 2015 en el Registro de Propiedad del Segundo Conservador deñ Bienes Ra ces de Temuco y la posesi n efectiva respecto de la c nyuge deí ó ó don Sandalio, do a Filomena del Carmen Cofre Manr quez, fue concedidañ í por el Director Regional Regi n Metropolitana de Santiago, del Servicio deó Registro Civil e Identificaci n de Chile, en resoluci n exenta N."36985, deó ó fecha 15 de junio de 2015, cuyo n mero de inscripci n corresponde alú ó N.0:32449 del a o 2015, cuya inscripci n especial de herencia rola a fojasñ ó S397 N.oSOS1, del Registro de Propiedad del Segundo Conservador de Bienes Ra ces de Temuco, correspondiente al a o 2015, de las mencionadasí ñ cesiones se realizaron posteriormente su inscripci n l fojas 908 N." 875 deló é a o 2016 del Registro de Propiedad del Segundo Conservador de Bienesñ Ra ces de Temuco del a o 2016, inscripci n que no se pudo inscribir comoí ñ ó cuerpo cierto por no tener en mi poder el 100 de los derechos y acciones del inmueble antes individualizado, por no haberse realizado la posesi nó efectiva de una de las hijas de la sucesi n Galaf Cofr do a Honoria Galafó é ñ Cofr , madre de do a Gladys Mercedes Malina Galaf, y don Jorge Ricardoé ñ Malina Galaf los que hab an cedido sus derechos que ten an en la especialí í de herencia de su abuela do a Filomena Cofre, pero quedando vigenteñ derechos en la sucesi n de su abuelo don Sandalia Galaf. Que, en virtud deó los derechos de do a Honoria Galaf Cofr que quedaron vigente en lañ é pro
Fallo
SE RESUELVE: Que NO HA LUGAR a la solicitud de 24 de diciembre de 2019 a folio 1 peticionada por do a ñ MARIBEL MARTINES RIVAS.- An tese, reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.-ó í í í Rol Nro.- 389 2019.-– Dictada por do a MAR A CRISTINA DE LA CRUZ ARRIAGADA,ñ Í Jueza Titular del Tercer Juzgado Civil de Temuco.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, quince de junio de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-06-15T17:06:20-0400
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-389-2019 CARATULADO : MART NEZ/Í Temuco, quince de junio de dos mil veinte.- VISTOS: Con fecha 24 de diciembre de 2019 a folio 1 comparece do añ MARIBEL MARTINES RIVAS, Viuda, Cesante, Cedula Nacional de Identidad Nro. 9.504.358-5, domiciliada en calle Prieto Norte Nl:351, de la ciudad de Temuco e indica que a trav
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