2º Juzgado de Garantía de Santiago

FERNANDO JAVIER BARRAZA LUENGO C/ RODOLFO ANTONIO CORTÉS GÓMEZ

Rol

O-14129-2017

Fecha

6 de febrero de 2023

Materia

DECLARAC MALICIOSA IMPUESTO ART 97 N 4 EXCEPT INC 3 C TRIB, OBTENCIÓN INDEBIDA DEVOL IMPUESTO ART 97 N 4 INC 3 COD TRIBU

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: ANTECEDENTES PREVIOS El imputado Rodolfo Cortés Gómez inició actividades comerciales como Código: BTHNXDYBMER Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl persona natural en el Servicio de Impuestos Internos el día 20 de agosto de 2007, con el giro de transporte de carga por carretera y otras actividades de servicios personales, por lo cual su actividad comercial se encuentra afecta al Impuesto al Valor Agregado, contenido en el DL N° 825, y al Impuesto a la Renta, contenido en el DL N° 824. El imputado Cortés Gómez para el ejercicio de esta actividad económica, indicó como domicilio el ubicado en calle Jesús Obrero N°665, B-11, Beato Padre Hurtado, comuna de Quilicura. Al realizar esta actividad comercial, el imputado realizó los siguientes hechos, los que son constitutivos de delitos tributarios. HECHO N° 1: AUMENTO INDEBIDO DEL CRÉDITO FISCAL IVA, MEDIANTE FORMULARIO N° 29, SUSTENTADO EN FACTURAS FALSAS O SIN RESPALDO DOCUMENTARIO. Desde enero de 2015 hasta octubre de 2016, ambos meses inclusive, el imputado Rodolfo Antonio Cortés Gómez, empleó procedimientos dolosos encaminados a desfigurar el verdadero monto de sus operaciones realizadas y a burlar el impuesto que, como contribuyente afecto al Impuesto a las Ventas y Servicios, le correspondía pagar. Ello se materializó a través del registro y posterior declaración en los Formularios N° 29, sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, de facturas falsas y facturas que no contaban con el debido respaldo documentario, provenientes de supuestos proveedores que nunca realizaron las operaciones que éstas consignan, aumentando de esta forma el crédito fiscal asociado al IVA, que tenía derecho a hacer valer el contribuyente Rodolfo Antonio Cortés Gómez en relación a las cantidades que debía enterar en arcas fiscales. I. UTILIZACIÓN Y CONTABILIZACIÓN DE FACTURAS MATERIALMENTE FALSAS En el mes de diciembre de 2015, el contribuyente Rodolfo

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se condena a RODOLFO ANTONIO CORTÉS GÓMEZ, ya individualizado, a la pena de TRESCIENTOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, multa de $16.000.000; QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, multa de $30.000.000 Y QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, multa de $1.000.000. Todas las penas con las accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor de los delitos contemplados en los artículo 97 N° 4 inciso segundo del Código Tributario, artículo 97 N° 4 inciso primero del Código Tributario, y artículo 97 N° 4 inciso tercero del Código Tributario, respectivamente, hechos acaecidos desde el mes de enero de 2015 hasta octubre de 2016, en la comuna de Quilicura. II.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 15 bis de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de LIBERTAD VIGILADA por igual término que el de las penas privativas de libertad que se sustituye, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda al domicilio del imputado y debiendo, además, cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la citada ley. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, 6 de febrero de 2023 TRIBUNAL: 2° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: Mónica Patricia Bellalta Queraltó RUC: 1710057014-9. RIT: 14129-2017 IMPUTADO: RODOLFO ANTONIO CORTÉS GÓMEZ, C.I. 15.743.883-2 FECHA DE NAC. 28-12-1983 DIRECCION Calle Ángel Muñoz Nº 557, COMUNA: Valdivia DELITO Hecho N° 1: Un delito consumado conte

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