PABLO SERGIO MEJÍAS MUÑOZ C/ ROBERTO EDUARDO RAMÍREZ ROGAZI
Rol
O-6572-2022
Fecha
7 de febrero de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “Que, el día 7 de noviembre de 2022, siendo aproximadamente las 17:30 horas, en circunstancias que el imputado se encontraba al interior del establecimiento comercial Falabella, ubicado en Avenida Vicuña Mackenna N° 7110, comuna de La Florida, desde donde procedió a sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño diversas especies, las que fueron avaluadas por la víctima en la suma total de $9.990.-, siendo detenido luego de haber traspasado el lineal de cajas por personal de seguridad del mismo local comercial”. Delito y grado de desarrollo Hurto Simple, previsto y sancioando en el articulo 446 N° 3 del Código Penal, en grado de frustrado. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Circunstancias modificatorias Atenuantes Art. 11 N° 9 del Código Penal. Agravantes Art. 12 N° 16 del Código Penal. SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a ROBERTO EDUARDO RAMÍREZ ROGAZI, ya individualizado, en calidad de autor de un delito de hurto simple, previsto y sancionado en el articulo 446 N° 3 del Código Penal, grado de desarrollo de frustrado, cometido el día 07 de noviembre del año 2022, en la comuna de La Florida, a sufrir la pena de CINCUENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y a pagar una multa de 1/3 de U.T.M. II. Que la multa impuesta convertida en reclusión, se le tendrá por cumplido con el día que permaneció privado de libertad en razón de esta causa, pasando a control de detención, el día 08 de noviembre del año 2022. III. Que por no cumplir con los requisitos de la Ley 18.216, el cumplimiento de la pena impuesta será de manera efectiva, no existiendo días de abono que considerar. IV. Se exime al sentenciado del pago de las costas por haber admitido responsabilidad en los hechos y haber sido representado por la Defensoría Penal Pública. Regístrese y archívese una vez ejecutoriada la presente sentencia. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS. Código: FQ
Fundamentos
Considerando que el sentenciado actualmente se encuentra cumpliendo condena por causa diversa que cumple en marzo del año 2023, postreramente deberá cumplir con la pena privativa de libertad impuesta el día de hoy. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema”. Código: FQXDXDEXTNQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-07T13:44:17-0300
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a ROBERTO EDUARDO RAMÍREZ ROGAZI, ya individualizado, en calidad de autor de un delito de hurto simple, previsto y sancionado en el articulo 446 N° 3 del Código Penal, grado de desarrollo de frustrado, cometido el día 07 de noviembre del año 2022, en la comuna de La Florida, a sufrir la pena de CINCUENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y a pagar una multa de 1/3 de U.T.M. II. Que la multa impuesta convertida en reclusión, se le tendrá por cumplido con el día que permaneció privado de libertad en razón de esta causa, pasando a control de detención, el día 08 de noviembre del año 2022. III. Que por no cumplir con los requisitos de la Ley 18.216, el cumplimiento de la pena impuesta será de manera efectiva, no existiendo días de abono que considerar. IV. Se exime al sentenciado del pago de las costas por haber admitido responsabilidad en los hechos y haber sido representado por la Defensoría Penal Pública. Regístrese y archívese una vez ejecutoriada la presente sentencia. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS. Código: FQXDXDEXTNQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Considerando que el sentenciado actualmente se encuentra cumpliendo condena por causa diversa que cumple en marzo del año 2023, postreramente deberá cumplir con la pena privativa de libertad impuesta el día de hoy. "Que la
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TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2201107228-7 RIT : 6572-2022 IMPUTADO : ROBERTO EDUARDO RAMÍREZ ROGAZI Cédula de Identidad : 16.639.211-K Fecha de nacimiento : 26 de noviembre de 1986 Domicilio : calle Las Carretas N° 13925, La Pintana PROCEDIMIENTO : Simplificado Fecha de sentencia : siete de febrero de dos mil veintitrés JUEZ : CECILIA ANDREA TONCIO DONOSO Hechos “Que, el dí
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