1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

ANTOFAGASTA MINERALS S.A/

Rol

V-842-2019

Fecha

27 de agosto de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, con fecha 20 de diciembre de 2019, a las 15:55 horas. Comparece don JUAN ESTEBAN POBLETE NEWMAN, chileno, abogado, casado, en representación, de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., sociedad chilena del giro de su denominación, domiciliados en Avenida Apoquindo N°4001, Piso 18, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago solicita pedimento minero de exploración minera denominada "ARAS I 8”. cuyo Punto Medio del terreno pedido se encuentra ubicado en la Región de Antofagasta, Provincia de Antofagasta, Comuna de Sierra Gorda, y se determina por las siguientes coordenadas U.T.M.: Norte 7.406.500,00 metros y Este 471.500,00 metros, todas referidas al "Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Huso 19". En conformidad al artículo 46 y el artículo 43 número 4° del Código de Minería, vengo en señalar que el terreno pedido tiene la forma de un cuadrado cuyos lados orientados Norte-Sur U.T.M. miden 1.000 metros y aquellos orientados Este-Oeste U.T.M. miden 1.000 metros, encerrando en consecuencia una superficie total de 100 hectáreas. SEGUNDO: Que, con fecha 3 de enero de 2020 el pedimento minero referido fue inscrito a fojas 29 bajo el N° 15 del año 2020, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta.- TERCERO: Que, con fecha 20 de enero de 2020, el pedimento minero fue publicado en el Boletín Oficial de Minería de Antofagasta en su edición N° 42.557.- CUARTO: Que, el Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante Ord. N° 2117 de fecha 06 de abril de 2020, emitió informe señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes. La forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido.- QUINTO: Que, las coordenadas U.T.M. del punto medio y de cada uno de los vértices del perímetro d

Fallo

Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 34, 35, 37, 43, 46, 52, 55, 56, 87, 89 y 90 del Código de Minería. SE DECLARA: I.- Que, se declara constituida la concesión de exploración denominada "ARAS I 8”, con una superficie de 100 hectáreas a favor de ANTOFAGASTA MINERALS S.A. II.- Que, se aprueba el plano de la concesión minera de exploración denominada "ARAS I 8”. III.- Extráctese la presente sentencia en los términos del artículo 90 del Código de Minería y publíquese en el Boletín Oficial de Minería en el término de 120 días contados desde la fecha de la presente resolución.- IV.- Inscríbase la presente sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de la ciudad de Antofagasta y archívese el correspondiente plano.- V.- Obténgase por el interesado, mediante el Portal Judicial, copias autorizadas de la sentencia constitutiva de la concesión de exploración y copia autorizada del plano para su respectiva inscripción y archivo.- VI.- A fin de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería, hágase entrega al interesado del original del plano de la concesión de exploración de autos, para su presentación al Servicio de Nacional de Geología y Minería.- Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. ROL V-842-2019 Pronunciada por don ARTURO ANDRES IRIBARREN PEREZ Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Antofagasta.- En Antofagasta, veintisiete de agosto de dos mil veinte, noti

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-842-2019 CARATULADO : ANTOFAGASTA MINERALS S.A/ Antofagasta, veintisiete de agosto de dos mil veinte.- VISTOS: PRIMERO: Que, con fecha 20 de diciembre de 2019, a las 15:55 horas. Comparece don JUAN ESTEBAN POBLETE NEWMAN, chileno, abogado, casado, en representación, de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., socie

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