Juzgado de Letras de Casablanca

ÁLVAREZ/I. MUNICIPALIDAD DE CASABLANCA

Rol

C-1622-2019

Fecha

12 de junio de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Comparece con fecha 07 de agosto de 2019 (F.1), María Elena Álvarez Sepúlveda, labores, domiciliada en Pasaje Los Claveles N° 692, comuna de Casablanca, deduciendo demanda de prescripción de deuda por no pago de derechos de aseo en contra de la I. Municipalidad de Casablanca, representada legalmente por Rodrigo Martínez Roca, Alcalde titular, domiciliados en Calle Constitución N° 111, comuna de Casablanca. Con fecha 18 de noviembre de 2019 (F.4) se notificó legalmente la demanda al demandado. Con fecha 21 de noviembre de 2019 (F.6) contesta la demanda el demandado, allanándose totalmente a la acción impetrada. Con fecha 25 de noviembre de 2019 (F.10) se lleva a cabo audiencia de conciliación. Llamadas las partes a conciliación, aquella no se produce. Con fecha 19 de febrero de 2020 (F.12) se cita a las partes a oír sentencia.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que comparece María Elena Álvarez Sepúlveda deduciendo demanda de prescripción de deuda por no pago de derechos de aseo en contra de la I. Municipalidad de Casablanca, representada por Rodrigo Martínez Roca, Alcalde titular, señalando que es propietaria del inmueble ubicado en el Pasaje Los Claveles N° 642, comuna de Casablanca, el cual se encuentra con varios años de derechos de aseo impagos lo que ha generado una deuda a favor de la I. Municipalidad de Casablanca, en efecto, los permisos dejaron de pagarse entre junio de 2014 y septiembre de 2004, generándose una deuda que actualmente asciende a la suma de $321.961.- aproximadamente, la que se encuentra imposibilitada de pagar. Concluye su presentación solicitando que se declare la prescripción de la deuda por el no pago de los derechos de aseo del inmueble ubicado en el pasaje Los Claveles #642 comuna de Casablanca, desde junio de 2014 a septiembre de 2004. Segundo: Que la parte demandada contesta la demanda, allanándose totalmente a la pretensión de la actora. Tercero: Que, atendido el tenor de la contestación, se citó a las partes a oír sentencia. Cuarto: Que del mérito de los documentos acompañados, analizados en forma legal, y teniendo especialmente presente el allanamiento total de la parte demandada, se tendrá como efectiva la existencia de la deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario referida por la actora, y que la acción para su cobro de encuentra prescrita, motivo por el cual se accederá a la demanda, en los términos que se expondrán en lo resolutivo del fallo. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1698 y siguientes, 2.521, 2524 del Código Civil; artículo 6° e inciso primero del artículo 7° D.L N° 3063 sobre Rentas Municipales; art. 144, 160, 170, 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil;

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por María Elena Álvarez Sepúlveda en contra de I. Municipalidad de Casablanca, representada por su alcalde Rodrigo Martínez Roca, todos ya individualizados, declarándose prescritos los derechos por concepto de aseo domiciliario, devengados entre los periodos desde junio de 2014 hasta septiembre de 2004, respecto a la propiedad ubicada en Pasaje Los Claveles N° 642, comuna de Casablanca. II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por Alexandra Yáñez Jara, Juez Titular. Se deja constancia que con esta fecha se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-06-12T19:54:43-0400

Texto Completo (Preview)

Rol: C-1622-2019 Carátula: Álvarez con I. Municipalidad de Casablanca Materia: Prescripción Casablanca, a doce de junio de dos mil veinte. Visto: Comparece con fecha 07 de agosto de 2019 (F.1), María Elena Álvarez Sepúlveda, labores, domiciliada en Pasaje Los Claveles N° 692, comuna de Casablanca, deduciendo demanda de prescripción de deuda por no pago de derechos de aseo en contra de la I. Munici

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