FISCALIA ARICA C/ EDUARDO JAVIER ARAYA MUÑOZ
Rol
O-3735-2022
Fecha
2 de febrero de 2023
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 12 de agosto del año 2022, aproximadamente a las 12:50 horas, el imputado EDUARDO JAVIER ARAYA MUÑOZ se encontraba conduciendo la camioneta, marca Hyundai, modelo Porter, color blanca, con barandas azules, placa patente única GVRL-32, de propiedad de MARCEL SERGIO GALLARDO FLORES, por calle Juan Antonio Ríos en Arica, donde es visualizado por personal policial quienes le realizan la señal de detención del vehículo, momento en el cual, el imputado hace caso omiso evadiendo el control policial huyendo del lugar y al llegar a calle Rómulo Peña frente a la numeración 1733, es interceptado procediendo a su detención, verificando que dicha camioneta tenía un encargo vigente por robo, de conformidad con el parte denuncia N° 3114 de la 3° Comisaría de Arica de fecha 12 de agosto de 2022. Atendidas las circunstancias del caso, el acusado mantuvo en su poder y condujo el automóvil, en comento, conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito“. Calificación jurídica, participación y grado de desarrollo del delito: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis Código: QSTEXDNKQMQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A del Código Penal, delito en grado de desarrollo de consumado y participación en calidad de autor de conformidad lo dispuesto en el artículo 15 No. 1 del Código Penal. Circunstancias modificatorias: Invoca la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal del artículo 11 No. 9 del Código Penal, para el evento de aceptación del procedimiento abreviado. El acusado, debidamente informado de sus derechos, acepta la totalidad de los hechos de la acusación y antecedentes de la investigación en los cuales ésta se funda, está de acuerdo en tramitar el presente asunto de conformidad a las normas del procedimiento abreviado, cuyo consentimiento ha ma
Fallo
se declara: I.- Que se condena a EDUARDO JAVIER ARAYA MUÑOZ, cédula de identidad N° 15.979.296-K, ya individualizado, a las penas de quinientos cuarenta y un días de presido menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de tres unidades tributarias mensuales, sin costas, como autor del delito consumado de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal, ocurrido en Arica el 12 de agosto de 2022. II.- Que la multa impuesta se pagará en pesos en el equivalente que tenga la referida unidad tributaria mensual al momento de su pago, mediante Formulario No. 10 a nombre de la Tesorería General de la República, en seis parcialidades iguales, mensuales y sucesivas de media unidad tributaria mensual cada una, los cinco últimos días de cada mes, comenzando en febrero del año en curso, luego marzo, abril, mayo y así sucesivamente hasta saldar el total. Si no la pagare será citado a audiencia conforme lo establece el artículo 49 del Código Penal. III.- Que se sustituye la pena privativa de libertad por la de reclusión parcial nocturna en dependencias de Gendarmería de Chile, por el mismo tiempo de la condena, debiendo permanecer encerrado desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente. Si dicha pena sustitutiva fuere revocada, deberá cumplir efectivamente la pena corporal, reconociéndole como abono todo el tiempo que alcanzare a cumplir la re
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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, dos de febrero de dos mil veintitrés. Magistrada CARMEN MACARENA CALAS GUERRA Fiscal CRISTIAN FRANCISCO SANHUEZA NOVOA Defensora VIOLETA DEL CARMEN ALVAREZ RAMIREZ Tipo Audiencia Procedimiento abreviado Hora inicio 10:03 Hora termino 10:27 Sala 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio Acta JPastén RUC 2200786413-6 RIT 3735 - 2022 Delito Receptacio
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