MINISTERIO PUBLICO C/ JOSÉ LUIS LAZO LATORRE
Rol
O-3191-2019
Fecha
3 de febrero de 2023
Materia
AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., MALTRATO DE OBRA A GENDARME EN EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de don JOSÉ LUIS LAZO LATORRE, cédula de identidad N° 0017274922-4, domiciliado en 5TO Sector Belloto Sur Ramón Ángel Jara Nº 1209, Quilpué. La audiencia se desarrolló con la presencia del fiscal adjunto, doña Mónica Arancibia, del mencionado imputado y de su abogado defensor, doña Nicoll Rojas, todos con domicilio y formas de notificación también ya registradas en el Tribunal. En el requerimiento se imputó la calidad de AUTOR, por el ilícito de del artículo 417 del Código de Justicia Militar, en relación con el artículo 296 N° 3 del Código Penal, en grado CONSUMADO. Que con fecha 07 de septiembre del año 2019, aproximadamente a las 05:00 horas, luego que el imputado salía desde la Tenencia El Belloto, ubicada en Avenida Freire N° 560, Quilpué, luego de haber sido sometido a un control de identidad procedió a amenazar al Sargento Segundo Oscar Silva Sánchez quien estaba cumpliendo sus funciones y en conocimiento de su calidad de funcionario policial, el imputado procedió a amenazarlo diciéndole “paco culiao me trajiste al peo, te voy a pillar en la calle conchetumadre y te voy a matar”. Amenazas seria real y verosímil que atenta contra el funcionario ya referido. SEGUNDO: Que la acusación penal que entabló el Ministerio Público de esta ciudad en contra del acusado de este juicio, se fundamenta en los hechos indicados, los que califica jurídicamente, atribuye el grado de participación del encartado en aquéllos, señala la concurrencia de causales modificatorias de responsabilidad, y solicita las penas a imponer. Código: EFXLXDCVGNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Que el Ministerio Público en sus argumentaciones preliminares y alegato de clausura indicó que no presentaría medios de pruebas para acreditar la existencia del delito ni la partic
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE a don JOSÉ LUIS LAZO LATORRE, cédula de identidad N° 0017274922-4, del requerimiento que lo tuvo como autor del ilícito de del artículo 417 del Código de Justicia Militar, en relación con el artículo 296 N° 3 del Código Penal, en grado CONSUMADO, hecho que habría ocurrido en esta jurisdicción con fecha 07 de septiembre del año 2019, en el territorio jurisdiccional de este tribunal.- II.- Que, cada parte soportará sus costas. Código: EFXLXDCVGNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Ejecutoriado que sea el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Dictada por don MILENKO GRBIC MIRANDA, Juez de Garantía. Código: EFXLXDCVGNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-03T16:25:54-0300
Texto Completo (Preview)
PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO RUC N° : 1900968400-2 RIT N° : 3191 - 2019 DELITO : Art. 417 del Código de Justicia Militar, en relación con el artículo 296 N° 3 del Código Penal SENTENCIADO : JOSÉ LUIS LAZO LATORRE Quilpué, tres de febrero de dos mil veintitrés Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en
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