Juzgado de Garantía de Quilpué.

MINISTERIO PUBLICO C/ FRANCO ALEXIS ARDILES RIVERA

Rol

O-127-2022

Fecha

2 de febrero de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de don FRANCO ALEXIS ARDILES RIVERA, cédula de identidad N° 0020082344-3, domiciliado Sector Población El Trigal Calle El Salvador Nº 1110, La Calera. La audiencia se desarrolló con la presencia del fiscal adjunto, don CARLOS ALEJANDRO PARRA FUENTES, del mencionado imputado y de su abogado defensor, don CAMILO RORE GUERRERO, todos con domicilio y formas de notificación también ya registradas en el Tribunal. En el requerimiento se imputó la calidad de AUTOR, por el ilícito de HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 446 número 3 del Código Penal, en grado de desarrollo de CONSUMADO. El día 14 de enero del año 2022 alrededor de las 16:10 horas, el imputado ingresó con la intención de sustraer especies con ánimo de lucro a la tienda “Homecenter Sodimac”, ubicada en avenida Ramón Freire N°1351, Quilpué, y una vez en el lugar procedió a sustraer diversas especies que ocultó al interior de una bolsa que portaba, consistentes éstas un tres set de paños de 40 por 60; cuatro set de cuchillos ultracorto de marca “Tramontina”; y 2 minipimer marca “Oster”, todo avaluado en $205.310 pesos, traspasando el nivel de cajas sin cancelar el valor de las especies sustraídas, siendo retenido por personal de seguridad y entregado Carabineros. SEGUNDO: Que la acusación penal que entabló el Ministerio Público de esta ciudad en contra del acusado de este juicio, se fundamenta en los hechos indicados, los que califica jurídicamente, atribuye el grado de participación del encartado en aquéllos, señala la concurrencia de causales modificatorias de responsabilidad, y solicita las penas a imponer. Código: XZKFXDPGBNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Que el Ministerio Público en sus argumentaciones preliminares y alegato de clausura indicó que no presentaría me

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE a don FRANCO ALEXIS ARDILES RIVERA, cédula de identidad N° 0020082344-3, del requerimiento que lo tuvo como autor del delito de HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 446 número 3 del Código Penal, en grado de desarrollo de CONSUMADO, hecho que habría ocurrido en esta jurisdicción con fecha 14 de enero del año 2022 , en el territorio jurisdiccional de este tribunal.- II.- Que, cada parte soportará sus costas. Código: XZKFXDPGBNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Ejecutoriado que sea el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Dictada por don MILENKO GRBIC MIRANDA, Juez de Garantía. Código: XZKFXDPGBNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-03T16:07:49-0300

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO RUC N° : 2200051036-3 RIT N° : 127 - 2022 DELITO : HURTO SIMPLE SENTENCIADO : FRANCO ALEXIS ARDILES RIVERA Quilpué, dos de febrero de dos mil veintitrés Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de don FRANCO ALEXIS ARDILES RIVERA, cédula de identidad N° 0020082344

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