7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ANGELO LINDOR

Rol

O-14362-2021

Fecha

2 de febrero de 2023

Materia

DAÑOS.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 1 de octubre de 2021, a las 20:57 horas aproximadamente, en el interior de la farmacia cruz verde, ubicada en la Avenida del General Libertador Bernardo O’Higgins N° 658, comuna de Santiago, el requerido ANGELO LINDOR lanzó una piedra hacia una vitrina, quebrándola, causando daños avaluados preliminarmente por la víctima en la suma de $380.000.- (trescientos ochenta mil pesos). SE DECLARA: 1. Que se condena a ANGELO LINDOR, ya individualizado a la pena pecuniaria de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, en calidad de AUTOR, en grado de ejecución de CONSUMADO, del delito de DAÑOS SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, ocurrido el 1 de octubre de 2021. 2. La pena se da por CUMPLIDA por el tiempo privado de libertad en los días 02 de octubre de 2021, 02 de octubre de 2022, 11 de diciembre de 2023, 31 de enero de 2023, 01 y 02 de febrero de 2023. Código: DXPVXDZXHNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3. Se exime al condenado del pago de las costas de la causa, el haber aceptado responsabilidad y al haber evitado la realización de un juicio oral. 4. Dese cumplimiento con dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Las partes renunciaron a los plazos. Dictada por don PONCIANO ANDRES SALLES BASTARRICA, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: DXPVXDZXHNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-03T16:28:29-0300

Fallo

SE DECLARA: 1. Que se condena a ANGELO LINDOR, ya individualizado a la pena pecuniaria de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, en calidad de AUTOR, en grado de ejecución de CONSUMADO, del delito de DAÑOS SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, ocurrido el 1 de octubre de 2021. 2. La pena se da por CUMPLIDA por el tiempo privado de libertad en los días 02 de octubre de 2021, 02 de octubre de 2022, 11 de diciembre de 2023, 31 de enero de 2023, 01 y 02 de febrero de 2023. Código: DXPVXDZXHNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3. Se exime al condenado del pago de las costas de la causa, el haber aceptado responsabilidad y al haber evitado la realización de un juicio oral. 4. Dese cumplimiento con dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Las partes renunciaron a los plazos. Dictada por don PONCIANO ANDRES SALLES BASTARRICA, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: DXPVXDZXHNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-03T16:28:29-0300

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIEN Simplificado. FECHA: Santiago, dos de febrero de dos mil veintitrés. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PONCIANO ANDRES SALLES BASTARRICA RUC: 2100887251-9 RIT: 14362-2021 IMPUTADO: ANGELO LINDOR C.I. 0025649100-1 DELITO Daños simples ARTICULO 487 del Código Penal PARTICIPACIÓ Autor G. DE DESARROLLO Consumado ATENUANTES Artículo 11 N° 9 AGRAVANTES Hechos: El

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