6º Juzgado de Garantía de Santiago

IVAN FELIPE MOLINA JIMENEZ C/ PEDRO ARIEL LOBOS PARRA

Rol

O-390-2022

Fecha

2 de febrero de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente los dispuestos en los artículos 1, 5 y 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 25, 26, 30, artículos 50 y siguientes, 432, 442 N° 1 y 449, todos del Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que se condena a PEDRO ARIEL LOBOS PARRA, ya individualizado, en su calidad de autor del delito de robo con fuerza en lugar no habitado, hecho perpetrado en un sector de la comuna de Estación Central, el día 23 de enero del año 2022, en perjuicio de la empresa plásticos Bilbao, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS (541) de presidio menor en su grado medio, y a la pena accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos, mientras dure la condena, todo ello sin costas. II. Que la pena privativa de libertad impuesta deberá ser cumplida de manera efectiva, sirviéndole como abono todo el tiempo que este se ha mantenido en la causa privado de libertad desde el mismo día 23 de enero del año 2022, sujeto a la cautelar de prisión preventiva, ininterrumpidamente. III. Comuniquese al Servicio de Registro Electoral el hecho de haberse dictado la presente sentencia, sobre un delito que, conforme a la ley, tiene asignada pena aflictiva. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y hecho archívese. Código: EXMEXDMZJZP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-06T13:12:56-0300

Fallo

se declara: I. Que se condena a PEDRO ARIEL LOBOS PARRA, ya individualizado, en su calidad de autor del delito de robo con fuerza en lugar no habitado, hecho perpetrado en un sector de la comuna de Estación Central, el día 23 de enero del año 2022, en perjuicio de la empresa plásticos Bilbao, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS (541) de presidio menor en su grado medio, y a la pena accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos, mientras dure la condena, todo ello sin costas. II. Que la pena privativa de libertad impuesta deberá ser cumplida de manera efectiva, sirviéndole como abono todo el tiempo que este se ha mantenido en la causa privado de libertad desde el mismo día 23 de enero del año 2022, sujeto a la cautelar de prisión preventiva, ininterrumpidamente. III. Comuniquese al Servicio de Registro Electoral el hecho de haberse dictado la presente sentencia, sobre un delito que, conforme a la ley, tiene asignada pena aflictiva. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y hecho archívese. Código: EXMEXDMZJZP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-06T13:12:56-0300

Texto Completo (Preview)

Texto transcrito según lo dispuesto en los incisos 3° y 4° del artículo 62 del Acta 71-2016, de la Excma. Corte Suprema Resumen de sentencia Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, Procedimiento Abreviado R.U.C. 2200074386-4 R.I.T. 390 – 2022 JUEZ RODRIGO IGNACIO PALMA RUIZ FISCAL TATIANA MENESES YÁÑEZ DEFENSOR PRIVADO ISRAEL ALBERTI GARRIDO IMPUTADO PEDRO ARIEL

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