MINISTERIO PÚBLICO C/ LUIS AMÉRICO COFRÉ FIERRO
Rol
O-295-2022
Fecha
26 de enero de 2023
Materia
CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES., NEGATIVA A EFECTUARSE EXAMEN. ART. 195 BIS LEY DE TRANSITO
Resultado
No especificado
Hechos
Visto Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente.
Fundamentos
Considerando los siguientes hechos: El día 6 de marzo del año 2022, alrededor de las 01:45 horas aproximadamente, LUIS AMERICO COFRE FIERRO, condujo en estado de ebriedad la camioneta marca Toyota, modelo Hilux, color blanco, placa patente única HTHV-46, por la ruta U-900, de la comuna de Purranque, y al llegar a la altura del kilómetro 26 de dicha ruta, fue fiscalizado por personal de Carabineros, quienes pudieron constatar la ebriedad del requerido por su inestabilidad para mantenerse en pie y rostro congestionado, negándose el requerido en el lugar a realizar la prueba respiratoria de intoxilyzer (alcotest), siendo trasladado posteriormente hasta el Hospital de Purranque, lugar donde el requerido se negó injustificadamente a la toma de muestra para el examen de alcoholemia, momento en que personal de Carabineros percibió un fuerte halito alcohólico por parte del requerido. Y considerando además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°6 y 9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 30, 49, 50 y siguientes, 70 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 193 en relación con el artículo 110, artículo 195 BIS de la Ley N°18.290; artículo 3, 4, 36 y 38 de la Ley N°18.216;
Fallo
se declara: I. Que se condena a LUIS AMÉRICO COFRÉ FIERRO, cédula de identidad N°13.120.318-7, 46 años, agricultor, soltero, domiciliado en Sector Hueyusca S/N, Purranque, número de teléfono 989990407; Código: XXTGXDDDRLP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTIA RIO NEGRO como autor de los delitos consumados de conducción de vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol, y de negativa injustificada a practicarse el examen de alcoholemia, previstos y sancionados en los artículos 193 en relación con el artículo 110, y 195 BIS de la Ley N°18.290 respectivamente; cometidos en esta jurisdicción, el día 6 de marzo del año 2022, a la pena de multa de 1 Unidad tributaria Mensual y suspensión de licencia de conducir por 3 meses, respecto del primero de los ilícitos aludidos, y a una multa de 1 Unidad tributaria Mensual y suspensión de la licencia de conducir por el termino de 1 mes, por el segundo de los ilícitos referidos. II. Que resultando favorable la suspensión de la condena impuesta, y sus efectos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspende la condena impuesta y sus efectos por el término de 6 meses. Transcurrido el plazo anteriormente señalado, sin que el sentenciado hubiere sido objeto de un nuevo requerimiento o formalización de la investigación, déjese sin efecto la sentencia y en su remplazo dispóngase el sobreseimiento definitivo de la presen
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JUZGADO DE GARANTIA RIO NEGRO RUC : 2200212218-2 RIT : 295 - 2022 DELITO : Conducción bajo la influencia de alcohol NOMBRE DEL IMPUTADO : LUIS AMÉRICO COFRÉ FIERRO PROCEDIMIENTO : Simplificado. Río Negro, veintiséis de enero de dos mil veintitrés Visto Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Considerando los siguientes hechos: El día 6 de marzo del año 20
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