Juzgado de Letras y Gar. de Chaitén

FISCO DE CHILE-MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS (DGA)/SAN MARTÍN

Rol

C-149-2019

Fecha

11 de junio de 2020

Materia

AGUAS, DERECHOS APROVECHAMIENTO, C. AGUAS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y CONSIERANDO PRIMERO: Que el Director Regional de la Dirección General de Aguas de la Región de Los Lagos, remite los antecedentes de la solicitud de regularización de aprovechamiento de aguas impetrada por don Julián San Martín Gallardo, refiriendo que la peticionario solicita, de acuerdo con el artículo 2° Transitorio del Código de Aguas, regularizar un derecho de aprovechamiento de aguas superficiales por un caudal de 0,5 litros por segundo, de uso consuntivo de ejercicio permanente y continuo, caudal instantáneo de extracción, proveniente de la fuente denominadas Estero sin nombre ubicado en el sector rural El Espolón de la comuna de Futaleufú, Provincia de Palena, Región de Los Lagos. SEGUNDO: Que se adjuntó por la DGA, el informe técnico, conforme al cual se constató que el caudal efectivamente utilizado equivale a 0,5 litros por segundo. TERCERO: Que la peticionaria acompañó los documentos que a continuación se señalan:: 1.- Solicitud de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas 2.- Certificados de difusión radial. 3.- Copia de publicaciones efectuadas. 4.- Oficio 1036 de Gobernación Provincial de Palena a Dirección Regional de Aguas, Décima región de Los Lagos 5.- Oficio 734 de Gobernación Provincial de Palena, a Comandante del Campo Militar de la ciudad de Valdivia 6.- Oficio N° 1305 de la Dirección Nacional de Fronteras a la Dirección General de Aguas. 7.- 5Informe técnico de N° 892 del Departamento de Administración de Recursos Hídricos de la Dirección General de Aguas. 8.- Informe técnico de N° 1189 del Departamento de Administración de Recursos Hídricos de la Dirección General de Aguas. 9.- Informe técnico de N° 672 del Departamento de Administración de Recursos Hídricos de la Dirección General de Aguas. CUARTO: Que el procedimiento contemplado en el artículo 2° Transitorio del Código de Aguas, está destinado a la regularización de derechos de aprovechamiento que ya se están utilizando; y el informe técnico de la DGA permite

Fallo

se declara: Que, se hace lugar a la solicitud de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas solicitada por don Julián San Martín Gallardo, cédula de identidad 8.239.890-2, correspondiente al derecho de aprovechamiento de aguas superficiales por un caudal de 0,5 litros por segundo, de uso consuntivo de ejercicio permanente y continuo, caudal instantáneo de extracción, proveniente de la fuente denominadas Estero sin nombre ubicado en el sector rural El Espolón de la comuna de Futaleufú, Provincia de Palena, Región de Los Lagos en un punto situado en la coordenada U.T.M Norte: 5.224.542 metros y Este: 742.791 metros, huso 18, referida al Datum WGS 84. Una vez ejecutoriada la sentencia, inscríbase en el Registro de Aguas del Conservador de Bienes Raíces correspondiente; y remítase copia de la sentencia a la Dirección Regional de Aguas de la Región de Los Lagos, conforme lo dispone el artículo 122 del Código de Aguas. Notifíquese a don Julián San Martín Gallardo a través de su abogado. Exhórtese al Juzgado de Turno en lo Civil de la ciudad de Puerto, para los efectos de que se notifique a la Dirección General de Aguas Anótese, Regístrese y Archívese en su oportunidad. Proveyó y firmó mediante firma electrónica avanzada doña Carolina Waleska Martínez Navarrete, Juez Subrogante del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Chaitén, según lo dispuesto en la Ley 20.886 y el Acta 71-2016 del Excelentísima Corte Suprema de Justicia. Se deja constancia que se dio cumplimi

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Foja: 1 FOJA: 16 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Chait né CAUSA ROL : C-149-2019 CARATULADO : FISCO DE CHILE-MINISTERIO DE OBRAS P BLICAS (DGA)/SAN MART NÚ Í Chaitén, once de junio de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIERANDO PRIMERO: Que el Director Regional de la Dirección General de Aguas de la Región de Los Lagos, remite los antecedentes de la solicitud de

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