7º Juzgado de Garantía de Santiago

COMERCIAL MAICAO SPA C/ MARIO ALONSO VENEGAS BENAVIDES

Rol

O-13574-2021

Fecha

1 de febrero de 2023

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día de septiembre de , a las : horas aproximadamente, en la tienda comercial Maicao, ubicada en la Avenida Alameda del General Libertador Bernardo O’Higgins N° , comuna de Santiago, el imputado MARIO ALONSO VENEGAS BENAVIDES junto a otro sujeto de sexo masculino cuya identidad aún se desconoce, ingresaron al local, para luego el sujeto no identificado cerrar las puertas de manera de que no entrara más gente y se quedó vigilando en las afueras, mientras el imputado VENEGAS BENAVIDES portaba una caja de cartón con la que se proponía sustraer especies, aproximándose a una de las dependientes de nombre María José Aguilera Valdés de forma sorpresiva, sin logar su cometido pues interviene el dependiente Nibaldo Elías Ortiz Almendra, dándose a la fuga los imputados sin poder sustraer especies, siendo detenido VENEGAS BENAVIDES por Ortiz Almendra SE DECLARA: I.- Que se condena a MARIO ALONSO VENEGAS BENAVIDES, ya individualizada, a la pena de TRESCIENTOS DOCE días DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como AUTORA del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado Código: JNQXXDKXTMP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en el artículo inciso ° del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, hecho cometido el día de septiembre de , en la comuna de Santiago, sin costas. II.- Que la pena corporal impuesta se tiene por cumplida con el igual tiempo en que la sentenciada se mantuvo en prisión preventiva en esta causa, siendo días. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. COSTAS Sí No X SUSPENSIÓN DE LA PENA Artículo 398 del Código Procesal Penal Artículo 41 de la Ley 20.084 Gírese cheque Sí A nombre de No X Dictada por don CRISTIAN LUIS SAN

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a MARIO ALONSO VENEGAS BENAVIDES, ya individualizada, a la pena de TRESCIENTOS DOCE días DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como AUTORA del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado Código: JNQXXDKXTMP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en el artículo inciso ° del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, hecho cometido el día de septiembre de , en la comuna de Santiago, sin costas. II.- Que la pena corporal impuesta se tiene por cumplida con el igual tiempo en que la sentenciada se mantuvo en prisión preventiva en esta causa, siendo días. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. COSTAS Sí No X SUSPENSIÓN DE LA PENA Artículo 398 del Código Procesal Penal Artículo 41 de la Ley 20.084 Gírese cheque Sí A nombre de No X Dictada por don CRISTIAN LUIS SANCHEZ RIVERA, Juez Suplente del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: JNQXXDKXTMP Este documento tiene firma electrónica y su original pu

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PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago., uno de febrero de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CRISTIAN LUIS SANCHEZ RIVERA RUC: - RIT: - IMPUTADO: MARIO ALONSO VENEGAS BENAVIDES C.I. -K DELITO (Indicar si es reiterado) ROBO POR SORPRESA ARTICULO inciso ° del Código Penal PARTICIPACIÓN AUTORA G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATENUANTES N° del Código Penal

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