3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/RIVERA

Rol

C-5510-2019

Fecha

10 de junio de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 16 de octubre de 2019, comparece doña Paulina Paniagua Ibarra, abogada, domiciliada en Prat N°548, oficina 402, como endosataria en comisión de cobranza y mandataria judicial de Banco Crédito e Inversiones, persona jurídica del giro de su denominación, con domicilio en esta ciudad, Washington N° 2683, y entabla demanda ejecutiva en contra de don Alexis David Rivera Cortés, ignora profesión, domiciliado en Chiloé N°4218, Oriente, Antofagasta, a fin que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $ 8.509.319.-, más el interés máximo para las operaciones de esta naturaleza y disponer se siga adelante con la ejecución hasta obtener el entero pago del capital adeudado, intereses y costas. Funda su demanda en que consta del pagaré Operación D26245023068, que el ejecutado se constituyó deudor de la Institución que representa por la suma de $ 16.562.819.-, que se obligó a pagar en 58 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $383.349, cada una, venciendo la primera de ellas el día 20 de septiembre de 2016, y las restantes los días 20 de cada mes, venciendo la última de ellas el 21 de junio de 2021, y devengará un interés del 1% mensual, vencido, durante todo el plazo pactado, el que se encuentra incorporado al valor final C-5510-2019 de cada una de las cuotas ya mencionadas. Agrega que, el deudor ha dejado de pagar desde la cuota que venció el 22 de julio de 2019, adeudando la suma de $8.509.319, más el interés máximo para las operaciones de esta naturaleza, considerándose de plazo vencido en conformidad a lo pactado en el documento. Indica que, la firma del suscriptor fue autorizada por la Notaria Pública de la ciudad de Antofagasta, doña Camila Jorquiera Monardez, por lo que dicho instrumento tiene mérito Ejecutivo. En consecuencia existe en contra del ejecutado, como suscriptor, un título ejecutivo. La deuda es líquida, actualmente exigible y la acción no se encuentra prescrita. SEGUNDO: Que

Fallo

por estas consideraciones, resulta ineludible desestimar la oposición promovida, acogiendo la demanda ejecutiva. DÉCIMO OCTAVO: Que, atendido que el ejecutado resulta vencido, se le condena a pagar costas. En consecuencia, con el mérito de lo precedentemente expuesto y visto, además, lo señalado en los artículos 434, 464 y 471 del Código de Procedimiento Civil y Ley N°18.092, se resuelve que: I.- Se rechaza íntegramente la excepción impetrada. Prosígase la ejecución hasta hacer entero pago del capital, reajustes e intereses. II.- Se condena a la ejecutada de pagar costas de la causa, fijando las personales en el equivalente dinerario de 1 ingreso mínimo remuneracional. Sentencia pronunciada por Jordan Campillay Fernández, Juez Titular. En Antofagasta, a diez de junio de dos mil veinte, se notifica la sentencia por el estado diario. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-06-10T15:31:53-0400

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C-5510-2019 FOJA: 27 TRIBUNAL : TERCER JUZGADO CIVIL ANTOFAGASTA. EJECUTANTE : BANCO DE CRÉDITO E INVERS, BANCO NOVA. EJECUTADO : ALEXIS DAVID RIVERA CORTÉS MATERIA : JUICIO EJECUTIVO ROL : 5.510-2019 Antofagasta, diez de junio de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 16 de octubre de 2019, comparece doña Paulina Paniagua Ibarra, abogada, domiciliada en Prat N°548, ofic

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