10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CARLOS MAURICIO PIZARRO QUIROZ

Rol

O-1103-2022

Fecha

1 de febrero de 2023

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 12 de Mayo de 2022, a las 10:40 horas aproximadamente, en la intersección de Avenida Américo Vespucio con calle Don Miguel Ángel, comuna de Lo Espejo; funcionarios de carabineros de chile, sorprendieron al acusado CARLOS MAURICIO PIZARRO QUIROZ efectuando una transacción de droga con otra persona, la que al ver la presencia policial se dio a la fuga en dirección desconocida; no obstante lo anterior, el acusado es fiscalizado por personal policial, quienes constataron que éste mantenía en su poder, sin contar con autorización legal competente, y sin que estuviera destinada a su uso y consumo personal y próximo en el tiempo, ni a tratamiento médico, 35 envoltorios de papel cuadriculado, contenedores de 6 gramos de COCAINA BASE, y la suma de $16.000 pesos, en billetes de diferente denominación, presumiblemente producto de la venta de dicha sustancia ilícita”. La sentencia se encuentra íntegramente grabada bajo el nombre 2200461454-6-1229 en sala 202-B. Santiago, uno de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: En los artículos 1, 11, 15, 49 y 70 del Código Penal, 1 y 4 de la Ley 20.000, 47, 406 y siguientes del Código Procesal Penal. Se declara: l.- Se condena a don CARLOS MAURICIO PIZARRO QUIROZ, ya individualizado, como autor de la infracción consumada del artículo 4 de la Ley 20.000, ocurrida en la comuna de Lo Espejo día 12 de mayo del año 2022, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, multa de un tercio de unidad tributaria mensual, accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos Código: TXCWXDJXWTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl durante el tiempo de la condena, sin costas por estar asistido por defensor penal público y comiso de las especies solicitadas en esta audiencia por la Fiscalía. II.- Conforme lo dispone el artículo 70 del Código Penal, la multa se le da por cumplida por el día que estuvo privado de libertad el 12 mayo del

Fallo

Se declara: l.- Se condena a don CARLOS MAURICIO PIZARRO QUIROZ, ya individualizado, como autor de la infracción consumada del artículo 4 de la Ley 20.000, ocurrida en la comuna de Lo Espejo día 12 de mayo del año 2022, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, multa de un tercio de unidad tributaria mensual, accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos Código: TXCWXDJXWTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl durante el tiempo de la condena, sin costas por estar asistido por defensor penal público y comiso de las especies solicitadas en esta audiencia por la Fiscalía. II.- Conforme lo dispone el artículo 70 del Código Penal, la multa se le da por cumplida por el día que estuvo privado de libertad el 12 mayo del año 2022. III.- El cumplimiento de la pena corporal será de carácter real y efectivo, sirviéndole de abono el tiempo que ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad desde el día 13 de mayo del año 2022. IV.- Cúmplase por Gendarmería de Chile lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 19.970. Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Intervinientes renuncian a los plazos. Se da orden de ingreso, se ordena mantener al sentenciado en el mismo módulo que actualmente se encuentra, este es, módulo 12 en CCP COLINA II, oficiando para tal efecto y para factibilidad d

Texto Completo (Preview)

RUC : 2200461454-6 RIT : 1103 – 2022 MAGISTRADO : MARIA CAROLINA SALINAS HERNANDEZ NOMBRE IMPUTADO : CARLOS MAURICIO PIZARRO QUIROZ CÉDULA DE IDENTIDAD : 13.759.240-1 DOMICILIO : Calle LIBERTAD N° 1761, Padre Hurtado. FISCAL : RODRIGO CHINCHON SOTO DEFENSA PÚBLICA : CLAUDIA REBOLLEDO TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : Uno de febrero de dos mil veintitrés ATENUANTE

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