Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

GÓMEZ/ITAUCORPBANCA S.A.

Rol

M-656-2021

Fecha

8 de noviembre de 2021

Materia

Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Registrado en audio. Traslado a contestación de la demanda. (Registrado en audio). CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, sobre la base del pago del 20% de recargo y el 50% de la AFC, la que no se ha arribado. Se deja constancia que al pretensión dela parte demandante el pago por los conceptos de 30% de recargo y el 50% de la AFC. En cuanto a la demandada le autorización la base del tribunal. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1.- La relación laboral. 2.- El despido. 3.- La indemnización por años de servicios. 4.- El descuento de AFC. HECHOS A PROBAR: 1.- Hechos en que se fundó el despido conforme a la respectiva causal y efectividad de los mismos. MEDIOS DE PRUEBA: · LA PARTE DEMANDADA OFRECE Y RINDE: Documental: 1. Contrato de trabajo suscrito entre Itaú Corpbanca S.A y doña Angélica del Pilar Gomez Parra. 2. Carta aviso de término de relación laboral de Angélica del Pilar Gomez Parra, de fecha 27 de mayo de 2021 3. Comprobante de envío de carta certificada a través de Chilexpress al domicilio de Angélica Gómez Parra, de fecha 27 de mayo de 2021 4. Retirado. (Comprobante de envío a la Dirección del Trabajo) 5. Finiquito de fecha 27 de mayo de 2021, de Angélica del Pilar Gomez Parra ratificado ante Notaría de doña Karla Gómez Moraga. 6. Certificado de saldo aporte empleador al seguro de cesantía para imputar a indemnización de Angélica Gómez Parra, de fecha 26 de mayo de 2021. 7. Evaluación Proceso Banco año 2020 de Angélica Gómez Parra. 8. Tabla de evaluaciones del Banco de Ejecutivos. 9. Listado de 382 trabajadores desvinculados entre enero y abril de 2021, por necesidades de la empresa. 10. Respuesta a oficio N° 2685/2012 de la causa O-440-2021 del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco, junto a listado de trabajadores desvinculados de Itaú Corpbanca S.A. entre el 1 de abril de 2021 y 31 de julio de 2021. Tribunal provee: Se tiene por ofrecida e incorporada prueba documental. Testimonial: Declaro el siguiente testigo. 1.- Ana Karina Valenzuel

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 168 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que, se hace lugar a la demanda interpuesta por doña Angélica Del Pilar Gomez Parra en contra de Itaú Corpbanca S.A., ambos ya individualizados declarándose injustificado su despido y condenándose a la demandada a pagar las siguientes sumas: 1.- $1.799.272.-, por el 30% de la indemnización por años de servicios. 2.- $1.173.504.-, por devolución del descuento indebido del aporte del empleador al seguro de cesantía. II.- Las sumas que se ordenan pagar lo serán con los reajustes e intereses que establece los artículos 173 y 63, según corresponda. Las partes se entienden notificadas en este acto de todo lo que se ha resuelto. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT M-656-2021. Dirigió y dictó la sentencia don FERNANDO ANDRÉS STEHR GESCHE, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital zoom) FECHA 08 de Noviembre de 2021 RUC 21-4-0355805-K RIT M-656-2021 Registro de MAGISTRADO Fernando Andrés Stehr Gesche Audio en ADMINISTRATIVO DE ACTAS Loreto Villa Carrillo Remoto HORA DE INICIO 11:17 horas N° 6 HOR

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