7º Juzgado de Garantía de Santiago

CARABINEROS DE CHILE C/ RODRIGO FABIÁN SAENZ QUIÑONES

Rol

O-5509-2022

Fecha

30 de enero de 2023

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 11 de mayo de 2022, alrededor de las 10:30, el requerido RODRIGO FABIÁN SAENZ QUIÑONES se encontraba en la vía pública, en la intersección de calle Cardenal José María Caro con Recoleta, en la comuna de Santiago, portando consigo un arma blanca de 7 centímetros de hoja y 8,5 centímetros de empuñadura, sin justificar razonablemente su porte. SE DECLARA: I.- Que se condena a RODRIGO FABIÁN SAENZ QUIÑONES, ya individualizado, a la pena de una multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTOR del delito de PORTE DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, en grado de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 11 de mayo de 2022. II.- Que la pena pecuniaria anteriormente impuesta se da por cumplida por el tiempo en que el imputado ha permanecido privado de libertad por esta causa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 49 del Código Penal, correspondiente al día de control de la detención. III.- Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 31 del Código Penal, se ordena el comiso del arma blanca incautada. Código: GWXHXDVTTRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV.- Que se le exime al imputado del pago de las costas de la causa. V.- Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Sentencia se entiende firme y ejecutoriada. Dictada por don PATRICIO ERNESTO ALVAREZ MALDINI, Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: GWXHXDVTTRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-31T15:27:

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a RODRIGO FABIÁN SAENZ QUIÑONES, ya individualizado, a la pena de una multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTOR del delito de PORTE DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, en grado de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 11 de mayo de 2022. II.- Que la pena pecuniaria anteriormente impuesta se da por cumplida por el tiempo en que el imputado ha permanecido privado de libertad por esta causa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 49 del Código Penal, correspondiente al día de control de la detención. III.- Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 31 del Código Penal, se ordena el comiso del arma blanca incautada. Código: GWXHXDVTTRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV.- Que se le exime al imputado del pago de las costas de la causa. V.- Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Sentencia se entiende firme y ejecutoriada. Dictada por don PATRICIO ERNESTO ALVAREZ MALDINI, Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”.

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIEN SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, treinta de enero de dos mil veintitrés. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PATRICIO ERNESTO ALVAREZ MALDINI RUC: 2200463440-7 RIT: 5509 - 2022 IMPUTADO: RODRIGO FABIÁN SAENZ QUIÑONES C.I. 16.085.337-9 DELITO PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANT ARTICULOS ART. 288 BIS DEL CÓDIGO PENAL PARTICIPACIÓ AUTOR G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATEN

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