Juzgado de Garantía de Talcahuano.

MP C/ CÉSAR ALEXIS VILLANUEVA HENRÍQUEZ

Rol

O-267-2023

Fecha

31 de enero de 2023

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°9, 12 N°15, 14, 15, 49, 70, 288 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se condena a CÉSAR ALEXIS VILLANUEVA HENRÍQUEZ, cédula de identidad N°0018067006-8, ya individualizado, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de Porte de Arma Cortante o Punzante, previsto en el artículo 288 bis del Código Penal, cometido el día 30 de enero del año 2023, en la comuna de Talcahuano. II.- Atendido el día de detención correspondiente a esta causa, la pena pecuniaria se tiene por cumplida, desde el día de ayer a las 16:30 horas al día de hoy 31 de enero de 2023. III.- Que no se condena en costas al encartado atendido su admisión de responsabilidad. Dese cumplimiento en su oportunidad a las normas de ejecución de la sentencia. Los intervinientes se entienden personalmente notificados. RUC 2300116433-3 RIT 267-2023 DICTADA POR LA SEÑORA ANTONIA FLORES RUBILAR, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE TALCAHUANO. Código: DPSEXDSRNRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-31T15:14:04-0300

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°9, 12 N°15, 14, 15, 49, 70, 288 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se condena a CÉSAR ALEXIS VILLANUEVA HENRÍQUEZ, cédula de identidad N°0018067006-8, ya individualizado, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de Porte de Arma Cortante o Punzante, previsto en el artículo 288 bis del Código Penal, cometido el día 30 de enero del año 2023, en la comuna de Talcahuano. II.- Atendido el día de detención correspondiente a esta causa, la pena pecuniaria se tiene por cumplida, desde el día de ayer a las 16:30 horas al día de hoy 31 de enero de 2023. III.- Que no se condena en costas al encartado atendido su admisión de responsabilidad. Dese cumplimiento en su oportunidad a las normas de ejecución de la sentencia. Los intervinientes se entienden personalmente notificados. RUC 2300116433-3 RIT 267-2023 DICTADA POR LA SEÑORA ANTONIA FLORES RUBILAR, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE TALCAHUANO. Código: DPSEXDSRNRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-31T15:14:04-0300

Texto Completo (Preview)

La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Talcahuano, a treinta y uno de enero de dos mil veintitrés. Por est

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