Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica.

MINISTERIO PUBLICO C/ DANIEL ENRIQUE CHANDÍA ARAYA

Rol

O-97-2022

Fecha

31 de enero de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos descritos precedentemente respecto del acusado Nicolás Patricio Corona Olivares, los hechos anteriormente descritos son constitutivos de un delito consumado de robo con Intimidación previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero del Código Penal, y el delito consumado de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal. Y en él atribuye al acusado responsabilidad como autor conforme a lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. El ente persecutor no indica circunstancias modificatorias de responsabilidad criminal, y solicita respecto al acusado la pena de 15 años de presidio mayor en su grado medio por el delito de robo con Intimidación, Código: RXCXXDEKDQN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 además la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo y multa de 20 unidades tributarias mensuales por ser autor de un delito de receptación de vehículo motorizado, más las accesorias de conformidad al artículo 28 del Código Penal, de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, así como el comiso de las especies incautadas y el pago de las costas de la causa, según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. TERCERO: Alegatos de apertura. Que, en su alegato de apertura, el Ministerio Público señaló que, tendrá por objeto acreditar con respecto al acusado solamente el delito de robo con intimidación, solamente se ha de verificar los hechos que ocurren el día 20 de junio de 2020 a las 01:00 horas, se apoyará en la prueba testimonial que dan cuenta de la dinámica de este caso del robo, la sustracción de la especie, la forma de intimidación como la recuperación. Se contará con los dichos de Manuel Jara Mariscal, Iván Cifuentes, Pamela Vásquez, Ariel Devia, que darán de la detención del imputado, de la posterior diligen

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que ante este Tribunal de Juicio Oral de Arica, compuesto por sus jueces titulares don Oscar Antonio Huenchual Pizarro, quien presidió la audiencia, don Jairo Abraham Martínez Cuadra, y doña Fabiola Andrea Collao Contreras, se llevó a efecto el día veintiséis de enero de dos mil veintitrés, la audiencia de juicio oral en la causa RIT N° 97-2022 y RUC N°2110028869-6, seguida en contra del acusado NICOLÁS PATRICIO CORONA OLIVARES, chileno, cédula de identidad Nº 20.777.267-4, 21 años, nacido el 25 de mayo de 2001 en Arica, soltera guardia, domiciliado y apercibido conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal, en calle Chapiquiña N° 3086, Población Sica Sica Arica., representado por el defensor penal público ADOLFO IGNACIO OBREQUE BESARES, domiciliado en calle Arturo Prat N° 391 oficina 41 Arica. Representó al Ministerio Público, el fiscal adjunto, don MARIO CONCHA MATUS, domiciliado en calle Manuel Rodríguez N°363, Arica. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que el Ministerio Público dedujo acusación en los siguientes términos: “El día 19 de junio de 2020, siendo las 23:40 horas aproximadamente, los imputados Daniel Enrique Chandía Araya y Víctor Loyola Vergara, junto a otros sujetos no identificados, concurrieron a bordo de una camioneta marca Toyota, modelo Hilux, color rojo hasta pasaje los Perales a la altura del 2650 de esta ciudad, la que era conducida por el imputado Víctor Loyola Vergara, lugar donde Chandía Araya, descendió del móvil en referencia y se acercó a la víctima de iniciales S. S. H, que caminaba por el lugar regresando a su propio vehículo. Fue en esas circunstancias en que el imputado, portando una pistola, con la intención de apropiarse de especies muebles ajenas con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, apuntó con dicha arma a la víctima y lo intimido diciéndole "yo soy loco, así que pásame la droga y todo lo que tení" para luego exigirle la entrega de su dinero y teléfono celular, para acto seguido arrebatarle a la víctima, el banano que esta portaba, contenedor de $280.000.- en dinero en efectivo, un teléfono celular, marca Motorola, modelo One Action, su billetera y documentación personal, luego de lo cual el acusado se retira del lugar con las especies en su poder. Posteriormente, siendo cerca de la 01:00 hora aproximadamente del día 20 de junio, los imputados Daniel Enrique Chandia Araya, Víctor Ángelo Loyola Vergara, Nicolás Patricio Corona Olivares y Francisca Amira Peña Arce, concurrieron a bordo de la camioneta marca Toyota, modelo Hilux doble cabina 4x4, color rojo metálico, año 2017, placa patente única JLGW.10, hasta la intersección de calle Joaquín Aracena con venida las Código: RXCXXDEKDQN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Acacias, de Arica, descendiendo del vehículo los imputados Daniel Chandía, Víctor Loyola y Nicolás Corona, los que se acercaron a la

Fallo

se acuerda el cabello, la camisa, del pantalón oscuro, el resto de las personas no las recuerda porque no les ve las caras. Refiere que, fue a su casa a buscar su bicicleta y se encontraban Carabineros, por lo que habló con uno de ellos, porque le estaban pidiendo los documentos, explicándole que recién lo habían asaltado, esto fue menos de una hora; le preguntaron quien lo asaltó y les indicó que fue una camioneta roja, después llamó a la radio y le señalaron que estaban detenidos en la tercera, así le indicaron que fuera hacia allá y encontró sus cosas. De las personas que lo asaltaron, eran cuatro hombres, había una mujer en el vehículo, no la vio bien; la camioneta era roja de esas que usan en las empresas mineras, tenía un logotipo blanco, una raya amarilla fluorescente. Exhibe fotografía contenida en el acápite III) número 1): Es el vehículo descrito en el relato, es la camioneta roja, tiene un logotipo blanco y la raya era fluorescente. Exhibe fotografía contenida en el acápite III) número 2): Se ve el celular, es de su propiedad, el de la izquierda, ese fue que le entregó Carabineros. Ante las preguntas de la defensa, manifestó que, iba solo, venía de un cumpleaños, era una fiesta, es músico por lo que tocan, estuvo como 20 minutos, cuando tocan son 20 minutos y se van, la gente que baila ingiere alcohol, pero ellos trabajan por lo que no consumen alcohol, no logra ver las caras a las personas, pero que logró ver a la persona que estaba de piloto, porque él se pus

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1 C/ NICOLÁS PATRICIO CORONA OLIVARES. RIT: 97-2022 RUC: 2110028869-6. ROBO CON INTIMIDACIÓN Y RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO. Arica, treinta y uno de enero de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que ante este Tribunal de Juicio Oral de Arica, compuesto por sus jueces titulares don Oscar Antonio Huenchual Pizarro, quien p

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