MP C/ BASTIÁN IGNACIO PÉREZ NÚÑEZ
Rol
O-1927-2022
Fecha
23 de enero de 2023
Materia
ATENTADOS Y AMENAZAS CONTRA LA AUTORIDAD. ART. 261N? 1Y., CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 02 de julio de 2022, a las 23:50 horas aproximadamente, el acusado Bastián Pérez Núñez conducía en estado de ebriedad y en forma zigzagueante, el vehículo marca Chevrolet, P.P.U. ZU-2580, por Av. Ernesto Riquelme en dirección poniente a oriente, comuna de Rengo, por lo que carabineros realizaron una maniobra de adelantamiento para controlarlo, momento en que el Sgto. 2° Muñoz Mancilla desciende del vehículo policial, procediendo el acusado a intimidarlo, realizando maniobra de retroceso, para luego iniciar su marcha en dirección al Sgto. y darse a la fuga del lugar, siendo seguido por carabineros y al llegar a la intersección de calle José Manuel Balmaceda con Hermanos Hernán Samuel Mora, Villa San Francisco, en la comuna de Rengo, el acusado Bastián Pérez Núñez hace un viraje sorpresivo hacia la derecha colisionando el vehículo policial en su parte delantera costado izquierdo, provocando daños en su estructura, descendiendo ambos funcionarios policiales del móvil, momento en que el acusado nuevamente se resiste al actuar de carabineros, encendiendo su vehículo, iniciando su marcha directamente hacia el Cabo 1° Ruz Moraga que se encontraba al frente del vehículo, momento en que el sargento 2° Muñoz Mancilla, quebró el vidrio de la ventana delantera costado izquierdo y sacó al acusado del vehículo, el estado de ebriedad constó a los funcionarios que adoptaron el procedimiento por su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar. Código: CEZSXDBXETN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 -
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a BASTIÁN IGNACIO PÉREZ NÚÑEZ, Chileno, cédula de identidad N° 0018558708-8, domiciliado en Calle CHUCHUNCO N°263, LO DE LOBOS, Rengo, por su participación en calidad de AUTOR en los delitos de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR y ATENTADOS CONTRA LA AUTORIDAD, previstos y sancionados respectivamente en los artículos 196 de la Ley de Tránsito y 261 del Código Penal, perpetrados ambos en grado de desarrollo CONSUMADO el día 02 de julio del año 2022, a sufrir por el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, PROHIBICIÓN DE OBTENCIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE CINCO AÑOS y por el delito de ATENTADOS CONTRA LA AUTORIDAD, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO y accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos que establece el artículo 4º en la ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control administrativo y asistencia de Gendarmería de Chile, por el lapso de UN AÑO, debe cumplir con los demás requisitos y exigencias legales establecidas en la Le
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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju
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