COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SANTA INÉS LIMITADA/LEPE
Rol
C-4576-2019
Fecha
8 de junio de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que en lo principal de la demanda de fecha 13 de septiembre del a oñ 2019, folio 1, comparece don Ricardo Morales Hyde, abogado, en representaci nó de Cooperativa de Ahorro y Cr dito Santa In s Limitada, representada legalmenteé é por do a Marta Lidia lvarez Hevia , contador auditor, todos domiciliados para losñ Á efectos del juicio en calle Quinta 187, oficina 5, Vi a del Mar, y deduce demandañ ejecutiva en contra de don Cristian Osvaldo Lepe Ilabaca, contratista, domiciliado en Pasaje V ctor Jara N°831, Villa Santa B rbara, Casablanca, por la cualí á pretende el pago de la cantidad de $6.678.391..-, fundado en pagar N°37384,é impago. Que en lo principal, primero y segundo otros del escrito de fecha 08 deí noviembre del a o 2019, folio 8, comparece don Cristian Osvaldo Lepe Ilabaca,ñ contratista domiciliado en Pasaje V ctor Jara N°831, Casablanca, oponiendo a laí ejecuci n las excepciones contempladas en los numerales 4, 7, 9 y 11 del art culoó í 464 del C digo de Procedimiento Civil. En el primero y segundo otros del escrito,ó í solicita que atendido lo dispuesto en los art culos 172, 254, 473 y 464 N°s 7, 9 yí 11 del referido C digo de Procedimiento Civil, habida consideraci n que carece deó ó medios para probar las excepciones contempladas en los numerales 7, 9 y 11 , solicita que estas se tengan por enunciadas, y se le reserve el derecho de formular las excepciones para el juicio ordinario, y se fije cauci n que deba rendiró previamente la ejecutante si pretendiera hacerse pago, la cantidad de $6.678.391. Que en lo principal del escrito de fecha 15 de noviembre del a o 2019,ñ folio 14, comparece la ejecutante evacuando el traslado conferido a las excepciones. Que con fecha 18 de noviembre del a o 2019, folio 15, se tuvo porñ evacuado el traslado, se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba por el t rmino legal.é Que con fecha 5 de junio de 2020, folio 27, se cit a las partes para o ró í sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Demanda Ejecutiva. Que en lo principal de la demanda de fecha 13 de septiembre del a o 2019, folio 1, comparece don Ricardo Morales Hyde , abogado, enñ representaci n de Cooperativa de Ahorro y Cr dito Santa In s Limitada, representadaó é é legalmente por do a Marta Lidia lvarez Hevia, contador auditor, todos domiciliados parañ Á los efectos del juicio en calle Quinta 187, oficina 5 y expone: Que su representada es due a del pagar N°37384, por la suma de $8.210.136.-,ñ é pagadera en 72 cuotas mensuales, las primeras 71 iguales y sucesivas de $190.813.-, cada una, y una ltima de $190. 805.-, lo que sumar a un total de $13.738.528.- incluyendoú í reajustes e intereses , a contar del 05 de junio del a o 2017 y hasta el 05 de mayo delñ a o 2023, suscrito por don Cristian Osvaldo Lepe Ilabaca, contratista, domiciliado enñ Casablanca, Pasaje V ctor Jara N°831, Villa Santa B rbara.í á Expone que no se ha pagado del pagar suscrito, desde la cuota 23 a la 72, ambasé inclusive, raz n por la cual y de acuerdo a lo estipulado en el pagar viene en haceró é exigible, a contar de la fecha de presentaci n de la demanda, el total de la obligaci nó ó insoluta, la que asciende solo por concepto de capital no pagado a $6.678.391.-, m sá reajustes e intereses penales correspondientes, hasta la fecha del pago efectivo, con costas. A ade que la firma del suscriptor fue autorizada por Notario, por lo que dichoñ instrumento tiene m rito ejecutivo, la obligaci n es l quida, actualmente exigible y sué ó í acci n no est prescrita.ó á Termina solicitando que en m rito de lo expuesto, y de conformidad a lo prescritoé en los art culos 434 N°4 del C digo de Procedimiento Civil, , y en la Ley 18092, seí ó tenga por entablada demanda ejecutiva en contra de don Cristian Osvaldo Lepe Ilabaca, ya individualizado, ordenando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en suó contra , por la suma de $6.678.392.- , m s reajustes e intereses pactados, y se ordeneá seguir adelante la ejecuci n hasta hacer entero y cumplido pago de dichas sumas, conó costas. Segundo: Excepciones. Que en lo principal, primero y segundo otros delí escrito de fecha 08 de noviembre del a o 2019, folio 8, comparece don Cristianñ Osvaldo Lepe Ilabaca, contratista, domiciliado en Pasaje V ctor Jara N°831,í Casablanca y opone a la ejecuci n las siguientes excepciones:ó A) La contemplada en el art culo 464 N°4 , esto es, la ineptitud del libeloí por falta de alg n requisito legal en el modo de formular su demanda: Funda laú excepci n, en que la parte demandante se ala solamente “SJL”, es decir “Se oró ñ ñ Juez de Letras”, pero no indica el Tribunal ante quien se entabla. A ade que elñ art culo 254 del C digo de Procedimiento Civil, se ala “La demanda debeí ó ñ contener: 1° La designaci n del Tribunal ante quien se entabla”.ó B) La contemplada en el art culo 464 N°7 del C digo de Procedimientoí ó Civil. La que funda en que no consta que se haya cancelado el impuesto contemplado en la Ley
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba por el t rmino legal.é Que con fecha 5 de junio de 2020, folio 27, se cit a las partes para o ró í sentencia. CONSIDERANDO: Primero: Demanda Ejecutiva. Que en lo principal de la demanda de fecha 13 de septiembre del a o 2019, folio 1, comparece don Ricardo Morales Hyde , abogado, enñ representaci n de Cooperativa de Ahorro y Cr dito Santa In s Limitada, representadaó é é legalmente por do a Marta Lidia lvarez Hevia, contador auditor, todos domiciliados parañ Á los efectos del juicio en calle Quinta 187, oficina 5 y expone: Que su representada es due a del pagar N°37384, por la suma de $8.210.136.-,ñ é pagadera en 72 cuotas mensuales, las primeras 71 iguales y sucesivas de $190.813.-, cada una, y una ltima de $190. 805.-, lo que sumar a un total de $13.738.528.- incluyendoú í reajustes e intereses , a contar del 05 de junio del a o 2017 y hasta el 05 de mayo delñ a o 2023, suscrito por don Cristian Osvaldo Lepe Ilabaca, contratista, domiciliado enñ Casablanca, Pasaje V ctor Jara N°831, Villa Santa B rbara.í á Expone que no se ha pagado del pagar suscrito, desde la cuota 23 a la 72, ambasé inclusive, raz n por la cual y de acuerdo a lo estipulado en el pagar viene en haceró é exigible, a contar de la fecha de presentaci n de la demanda, el total de la obligaci nó ó insoluta, la que asciende solo por concepto de capital no pagado a $6.678.391.-, m sá reajustes e intereses penales correspondientes,
Texto Completo (Preview)
FOJA: 33 .- Treinta y tres .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-4576-2019 CARATULADO : COOPERATIVA DE AHORRO Y CR DITOÉ SANTA IN S LIMITADA/LEPEÉ Vi a del Marñ , ocho de Junio de dos mil veinte VISTO: Que en lo principal de la demanda de fecha 13 de septiembre del a oñ 2019, folio 1, comparece don Ricardo Morales Hyde, abogado, en representac
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