C/ PORFIRIO ALFREDO REYES AGUILAR
Rol
O-935-2022
Fecha
27 de enero de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º Que en la audiencia celebrada el día de hoy, ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía en presencia de la Sra. Fiscal Adjunto doña Patricia Suazo previo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de PORFIRIO ALFREDO REYES AGUILAR, chileno, 61 años de edad, nacido el 27 de febrero de 1962, cédula de identidad N° 9.357.460-5, carnicero, soltero, domiciliado en calle Padre Juan Meyer N°0676, comuna de La Granja, quien fue requerido, por los siguientes hechos; Que el día v19 de Febrero de 2022, aproximadamente a las 20.00 horas, el requerido, PORFIRIO ALFREDO REYES AGUILAR, con ánimo de sustraer especies llegó hasta el inmueble ubicado en calle Argentina N° 8950 en la comuna de La Florida, perteneciente a la señora Alejandra Emilia Hidalgo Oliva, lugar donde el imputado forzó el portón de acceso cortando el pasador del candado hasta ingresar a la vivienda, la que desde hace un mes se encontraba sin moradores. Dicha situación fue alertada por vecinos del sector, quienes avisaron a la Corredora de propiedades doña Solange Carola Rojas Tamayo quien rápidamente se apersonó en el lugar sorprendiendo al requerido con varios enceres, tales como herramientas de construcción, una estufa a parafina, una bolsa con prendas de vestir en su interior, alimentos no perecibles, un parlante, un teléfono de red fija y una cocinilla a gas, entre otras especies, las cuales mantenía acopiadas en una carretilla para ser sustraídas. Ante la presencia de la Corredora el requerido se guareció hasta una de las habitaciones, lugar donde fue finalmente detenido por Carabineros quienes llegaron al inmueble procediendo a recuperar las especies que en total fueron avaluadas en $2.000.000. A juicio del Ministerio Público, los hechos, antes descritos, son constitutivos del delito de robo en lugar no habitado, frustrado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°3 inciso segundo, del Código Penal, y se le atribuye una participación en calidad de autores en ese ilícito. En razón de la admisión de responsabilidad efectuada por los requeridos, el Sr. Fiscal solicitó se le imponga una pena ascendente a 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales y se le exima del pago de las costas de la causa. 2° Que luego de advertir al requerido de todos los derechos que le asisten, en especial de su derecho a la realización de un juicio oral, éste decidió admitir su responsabilidad en la presente audiencia, tomando Código: MXRXDSQLXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl conocimiento de los antecedentes reunidos en el curso de la investigación, señalados por la señora fiscal como elementos de cargo que fundan la imputación, consistentes en: 1.- Parte de detenidos N° 67 de la Sub comisaría Los Jardines de La Florida, de fecha 20 de Febrero de 2022, que da cuenta de la detención del requerido y de los hechos materia del requerimiento. 2.- Declaración de la víctima Alejandra Emilia Hidalgo O
Fallo
se resuelve: Código: MXRXDSQLXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a PORFIRIO ALFREDO REYES AGUILAR, ya individualizados, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de robo en lugar no habitado, frustrado hecho perpetrado en esta ciudad con fecha 19 de febrero de 2022. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 11 de la Ley N° 18216 y, concurriendo la expresa voluntad del sentenciado PORFIRIO ALFREDO REYES AGUILAR, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de SETENTA Y UNA (71) horas de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN FAVOR DE LA COMUNIDAD, que equivalen a 53 días de privación de libertad, ya que se abona desde ya los días que estuvo privado de libertad, esto es, los días 20 de febrero, 17 de marzo, y 27 de noviembre de 2022 y entre el día 22 al 27 de enero de 2023, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponde a su domicilio ubicado en calle Padre Juan Meyer N°0676, comuna de La Granja, en la oportunidad que le fija el Tribunal. La pena sustitutiva impuesta no podrá extenderse por más de ocho horas diarias de prestación de servicios y deberá ser compatible con la actividad laboral que el imputado acredite desarrollar. El deleg
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Santiago, veintisiete de enero de dos mil veintitrés. Vistos y considerando: 1º Que en la audiencia celebrada el día de hoy, ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía en presencia de la Sra. Fiscal Adjunto doña Patricia Suazo previo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de PORFIRIO ALFREDO REYES AGUILAR, chileno, 61 años de edad, nacido el 27 de febrero de 1962, cédula de identida
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