1º Juzgado Civil de Viña del Mar

BANCO DE CHILE/DÍAZ

Rol

C-2754-2019

Fecha

8 de junio de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que en lo principal de la demanda de fecha 03 de junio del a o 2019,ñ folio 1, comparece don Mauricio Araneda Bunting, abogado, en representaci nó judicial de Banco de Chile, sociedad an nima bancaria y financiera,ó representada por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados en calle Blanco 1199, 4° Piso, Oficina 41, Valpara so, e interpone demanda en juicio ejecutivo en contra de do a í ñ Sylvia Ver nica D az Soza, ó í en su calidad de deudora principal, ignora su profesi n uó oficio, domiciliada en Curali, condominio Benidorm 1536, block 2, comuna de Vi a del Mar, por la sumañ de $5.791.743.-, fundado en el pagar impago.é Que en lo principal del escrito de fecha 04 de julio del a o 2019, folioñ 11, comparece do a Sylvia Ver nica D az Soza, empleada, domiciliada para losñ ó í efectos del juicio en calle Arlegui 440, oficina N°601, Vi a del Mar,ñ oponiendo a la ejecuci n las excepciones contempladas en los numerales 14 y 7ó del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.í ó Que con fecha 17 de julio del a o 2019, folio 17, se tuvo por evacuadoñ el traslado conferido a las excepciones, en rebeld a de la ejecutante, seí declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba poró el t rmino legal.é Que con fecha 4 de junio de 2020, folio 25, se cit a las partes a o ró í sentencia.

Fundamentos

Considerando: I.-En lo relativo a la objeci n de documentos:ó Primero: Que en el segundo otros del escrito de fecha 04 de julio delí a o 2019, folio 11, el ejecutado objet los siguientes documentos: ñ ó a) pagar fundante de la ejecuci n, en virtud de lo establecido ené ó el art culo 346 N°3, por no constarle su autenticidad ni integridad, y porí adolecer de un vicio de nulidad absoluta. b) solicitud de Cr ditos de Consumo en Cuotas, en virtud de lo establecidoé en el art culo 346 N°3, pues adolece de un vicio de nulidad que lo invalida, esí inexacto y no consta su autenticidad ni integridad. Segundo: Que el Tribunal no acoger las objeciones opuestas al carecerá estas de fundamento legal, por cuanto los argumentos para sustentarlas dicen relaci n con aspectos de fondo que se discuten en este juicio a trav s de lasó é excepciones opuestas, adem s de no haberse fundado las objeciones conforme aá las causales previstas en el art. 346 N° 3 del C digo de Procedimiento Civil,ó por lo que estas ser n desestimadas.á II.- En cuanto al fondo: Tercero: En cuanto a la demanda: Que en lo principal de la demanda de fecha 03 de junio del a o 2019, folio 1, comparece don Mauricio Aranedañ Bunting, abogado, mandatario judicial, en representaci n de Banco Chile,ó sociedad an nima bancaria y financiera, representada legalmente por su gerenteó general don Eduardo Ebensperger Orrego, todos domiciliados en calle Blanco 1199, 4° piso, oficina 41, Valpara so y expone:í Que su representado, es due o y leg timo tenedor del pagarñ í é, suscrito por do a Yenifer Suazo Suazo y por don H ctor Moreno Flores, ambos enñ é representaci n del Banco de Chile y estos a su vez en representaci n de do aó ó ñ Sylvia Ver nica D az Sozaó í , en calidad de deudora principal, ignora su profesi nó u oficio, domiciliada en Curali, Condominio Bedidorm N°1536, Block 2, Vi añ del Mar, seg n consta en el Contrato de Cr dito de Consumo en Cuotas, queú é forma parte del Contrato Unificado de Personas, el que se encontrar a firmadoí por la demandada. Agrega, que el pagar fue suscrito por un capital original de $5.791.743.-,é cantidad a la que deb a aplicarse una tasa de inter s mensual de 1,65%.í é Expone que el capital y los intereses de dicha obligaci n se pagar anó í se pagar an en 72 cuotas, de acuerdo al programa de amortizaciones que aí continuaci n indica: 71 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $140.336.-, cadaó una de ellas, venciendo la primera el 17 de enero del a o 2019 y a partir deñ esta, las cuotas siguientes vencer an sucesivamente con la misma periodicidadí antes indicada, y una ltima cuota con vencimiento y por el monto que seú detalla en el cuadro de pago correspondiente al t tulo. Hace presente queí conforme a lo estipulado en el pagar cada una de las cuotas incluye pago deé capital e intereses. Se ala que sin perjuicio de lo anterior, a contar del simple retardo y/ oñ mora y hasta el pago efectivo, la obligaci n devengar a el inter s m ximoó í é á convencional que la le

Fallo

Por lo expuesto, dice, no resulta intrascendente o de menor entidad la liberaci n deló protesto y la autorizaci n de la firma ante notario del suscriptor obligado. Es poró lo anterior que resulta necesario que tales modalidades en la suscripci n del pagaró é se consignen expresamente en el mandato tanto por ser un encargo "especial y especifico", que no puede comprender las facultades ordinarias de administraci n,ó por constituir excepciones al r gimen normal que la ley prev para esteé é instrumento, del que se desprenden consecuencias m s gravosas para el suscriptorá . En efecto, el legislador ha sido particularmente riguroso en reglamentar el tr miteá del protesto, desde el momento que representa la solicitud del pago que formula el acreedor, que dota de diversas garant as para evitar la indefensi n del deudor. Porí ó otra parte, la autorizaci n ante notario de la firma de el o los obligados al pagoó del instrumento, le otorga m rito ejecutivo directo en el evento que no se pague alé presentarlo a cobro, sin perjuicio del cumplimiento de la obligaci n de protestarloó ya que constituir t tulo ejecutivo sin necesidad de tener que recurrir a una gesti ná í ó preparatoria de la v a ejecutiva. Queda en evidencia, entonces, que ambasí circunstancias facilitan al acreedor el cobro de acreencia y por ende lo benefician. Se ala que del an lisis del tema planteado bajo la sola perspectiva de lañ á ejecuci n de un mandato, ó lleva a concluir que el mandatario se excedi en susó facul

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FOJA: 24 .- veinticuatro .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-2754-2019 CARATULADO : BANCO DE CHILE/D AZÍ Vi a del Marñ , ocho de Junio de dos mil veinte Vistos: Que en lo principal de la demanda de fecha 03 de junio del a o 2019,ñ folio 1, comparece don Mauricio Araneda Bunting, abogado, en representaci nó judicial de Banco de Chile, socieda

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