Juzgado de Garantía de Colina

MP C/ MARIO SEBASTIÁN CHAVARRÍA CARO

Rol

O-326-2021

Fecha

25 de enero de 2023

Materia

CULTIVO/COSECHA ESPEC.VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF.(ART.8.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 27-01-2021, alrededor de las 18:00horas, funcionario de Carabineros ejecutaron orden judicial emanada del JG COLINA, de entrada, registro e incautación en el domicilio ubicado en calle TRES SUR Nro. 300, sitio B, séctor HUERTOS FAMILIARES, comuna de TIL TIL, inmueble en el cual el dueño de casa e imputado MARIO SEBASTIÁN CHAVARRÍA CARO, mantenía un sistema de cultivo IN DOOR de canabbis sativa, manteniendo un total de 18 plantas entre los 75 centímetros de alto a 2.50 metros de alto, junto con cannabis sativa en proceso de secado cuyo peso arrojó como resultado la cantidad de 2 kilos 585 gramos 800 Código: MHHXDNYQEN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl miligramos. Sometidas las evidencias a la respectiva prueba de campo, arrojaron coloración positiva a la presencia de CANNABIS SATIVA, asignándoles las NUE 2769550 y 2769551, respectivamente. SE DECLARA: I. Que se condena a MARIO SEBASTIÁN CHAVARRÍA CARO, cédula de identidad N° 0017537655-0, ya individualizado, como autor del delito de CULTIVO O COSECHA DE DROGA, hecho ocurrido en la jurisdicción de este tribunal el día 27 de enero de 2021, a sufrir la pena de 541 de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a un tercio de unidad tributaria mensual. II. Tanto la pena corporal como la pena de multa se tendrá por cumplida con el mayor tiempo que el sentenciado a permanecido privado de libertad con ocasión de esta causa. En prisión preventiva el día 28 de enero al 4 de mayo del 2021, arresto domiciliario total entre el 4 de mayo y el 5 de noviembre del 2021 y desde esa fecha hasta el día de hoy con arresto domiciliario parcial de 8 horas. III. Se decreta el comiso de las especies incautadas con ocasión de este procedimiento. IV. Se condena sin costas por haber permitido que la causa termine a través de este proced

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a MARIO SEBASTIÁN CHAVARRÍA CARO, cédula de identidad N° 0017537655-0, ya individualizado, como autor del delito de CULTIVO O COSECHA DE DROGA, hecho ocurrido en la jurisdicción de este tribunal el día 27 de enero de 2021, a sufrir la pena de 541 de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a un tercio de unidad tributaria mensual. II. Tanto la pena corporal como la pena de multa se tendrá por cumplida con el mayor tiempo que el sentenciado a permanecido privado de libertad con ocasión de esta causa. En prisión preventiva el día 28 de enero al 4 de mayo del 2021, arresto domiciliario total entre el 4 de mayo y el 5 de noviembre del 2021 y desde esa fecha hasta el día de hoy con arresto domiciliario parcial de 8 horas. III. Se decreta el comiso de las especies incautadas con ocasión de este procedimiento. IV. Se condena sin costas por haber permitido que la causa termine a través de este procedimiento abreviado. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente renuncia a recursos y plazos legales realizada por los intervinientes. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Colina. Código: MHHXDNYQEN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validad

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Colina, veinticinco de enero de dos mil veintitrés. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Colina MAGISTRAD O: CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA RUC: 2100086511- 4 RIT: 326 - 2021 IMPUTADO: MARIO SEBASTIÁN CHAVARRÍA CARO C.I. 0017537655- 0 FECHA DE NACIMIENT 02 de octubre de 1987. DIRECCIÓN Calle 3 SUR 357 (HUERTOS FAMILIARES ) SITIO Nº D COMUNA: Til Til.

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