Juzgado de Letras y Garantia de Peralillo

ACEVEDO/AGRICOLA SAN JOSE DE PERALILLO SOCIEDAD ANONIMA

Rol

O-11-2021

Fecha

4 de noviembre de 2021

Materia

Despido indirecto, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece René Bladimir Acevedo Farías, trabajador dependiente, casado, La Hacienda S/N, comuna de Pumanque, indicando que viene en interponer demanda, en procedimiento de aplicación general, por despido indirecto y cobro indemnizaciones laborales, en contra de su ex empleadora Agrícola San José de Peralillo S.A., del giro de su denominación, representada para estos efectos por don Ricardo Antonio Araneda Núñez, ignora profesión, ambos domiciliados en Camino Isla de Yaquil S/N, Comuna de Palmilla, informando que con fecha 14 de Mayo de 2007, comenzó a prestar servicios laborales para la empresa empleadora demandada, en relación de subordinación y dependencia realizando las función de: OPERADOR DE RIEGO, lo cual fue escriturado en el contrato en forma posterior. La jornada de trabajo era de 45 horas semanales, distribuidas de Lunes a Viernes, el horario sufría de modificaciones de acuerdo al horario de invierno o de verano; Existía un horario de 6:00 am. a 16:00 pm, con una hora de colación, y otro horario de 7:00 am a 17:00 pm, con una hora de colación. Dentro de las funciones de operador de riego, durante la etapa de riego, la cual comenzaba: entre el mes de Octubre a Diciembre de cada año, y terminaba entre el mes de Abril y Mayo del año siguiente, sus funciones consistían en: Realizar el riego propiamente tal, que consistía en el manejo de la caseta de riego, y luego operar las válvulas para regar, revisar fugas en las mangueras de riego, abonar en los días en que esto fuera necesario, lavar los filtros de riego, y en general, todas aquellas tareas necesarias para el adecuado riego del predio. En los meses en que no se debía regar, esto es entre los meses de Mayo-Junio, a Octubre-Diciembre, sus funciones consistían en revisar mangueras y válvulas, operar tractor, y en general, aquellas tareas que se le asignaran por la jefatura. La remuneración mensual convenida era mixta y se componía de sueldo base, que a la fecha de la terminación de mi contrato de trabajo era de $347.541, gratificación legal en base al 25% de lo devengado en el respectivo ejercicio por concepto de remuneraciones mensuales, de acuerdo al art. 50, con un tope 4,75 ingresos mínimos, además se pactó un bono por labor, y un bono de asistencia que eran variables, y una asignación de colación que también era variable. En consecuencia, sus últimas 3 remuneraciones mensuales, ascienden a $665.860.- Señala que desde un inicio de la relación laboral desempeñó la función de OPERADOR DE RIEGO, y se hacía cargo del mismo, en la temporada señalada. El año 2019, su jefe comenzó a amenazarle con quitarle su función, como asimismo el bono de riego, que se incrementaba año a año, y en la última temporada, el año 2019 ascendía a $195.000.- pesos, y se entregaba todos aquellos meses en que le correspondía realizar el riego, es decir al menos 6 meses al año recibía dicho bono. Con estas amenazas de su jefe, que se debían a que muchas veces a que le culpaba de s

Fallo

se acuerda que mi cargo consistía en: OPERADOR DE RIEGO. Sin embargo, durante los primeros meses del años 2019, mi jefe, comenzó a amenazarme, con quitarme el bono o, disminuirlo, sin motivo alguno. Por esta situación en el mes de Junio de 2019, debí tomar licencia médica, ya que por la presión de la posible disminución de mi sueldo me afectó bastante. Cuando me reincorporé a mis labores en Diciembre del 2020, mis funciones fueron modificadas sin explicación o fundamento alguno, con lo cual ya no desarrollé la función de OPERADOR DE RIEGO de acuerdo a mi contrato, y se me quitó el bono de riego, en los meses en que siempre me veía beneficiado con él. Toda esta situación, me perjudica económicamente, ya que disminuye el ingreso que debería tener de acuerdo a la función que señala mi contrato. SÉPTIMO: Que, a fin de sustentar esta exposición, la parte demandante proveyó al tribunal de prueba documental, las que afirman el envío de la carta al empleador – aviso de término, voucher de correos de Chile- y documentos atingentes a la constancia ante la Inspección del Trabajo por el no pago de bono realizada en el mes de septiembre de 2019. Así también, se incorporaron actualización de contrato de trabajo y anexos al contrato de fecha 2016 y 2018, en donde consta que se pagará un bono por riego. Respecto de esta documentación, emanada de la parte demandante, se puede vislumbrar que efectivamente y en caso de que el trabajador prestara servicios como encargado de riego, se le paga

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CARATULA : Acevedo Farías / Agrícola San José de Peralillo ROL : O-11-2021 MATERIA :Despido Indirecto y cobro de prestaciones. Peralillo, cuatro de noviembre de dos mil veintiuno.- VISTO y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece René Bladimir Acevedo Farías, trabajador dependiente, casado, La Hacienda S/N, comuna de Pumanque, indicando que viene en interponer demanda, en procedimiento de aplicación

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