BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ASTUDILLO
Rol
C-5048-2019
Fecha
8 de junio de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 24 de septiembre de 2019, comparece doña Paulina Paniagua Ibarra, abogado, en representación del Banco de Crédito e Inversiones, a través de su Área de Banca Masiva, Banco Nova, persona jurídica dedicada al giro de su denominación, ambos con domicilio en Arturo Prat N° 548, oficina N° 402, Antofagasta, e interpone demanda en juicio ejecutivo, en contra de doña Vilma Yamile Astudillo Quiñones, ignora profesión u oficio, domiciliada en Pasaje Cerro Nielol N°9585, Antofagasta. Funda su acción, señalando que consta del pagaré N°0- 430-25-48770-3, que la ejecutada, se constituyó deudora de la Institución que representa, por la suma de $11.838.061, que se obligó a pagar en 60 cuotas mensuales iguales y sucesivas de $ 298.516.- cada una, venciendo la primera de ellas el día 10 de julio de 2017 y venciendo la última cuota el día 10 de junio de 2022. Cuya obligación devengaría el 1,3600% mensual, vencido. Agrega que, el deudor ha dejado de pagar desde la cuota que venció el 10 de mayo de 2019, adeudando la suma de $8.777.183.- más el interés máximo para las operaciones de esta naturaleza, considerándose de plazo vencido en conformidad a lo pactado. C-5048-2019 Indica que, la firma del suscriptor fue autorizada en la Notaria Pública de esta ciudad de doña María Lascar Merino, por lo que dicho instrumento tiene mérito Ejecutivo. En consecuencia existe en contra de doña Vilma Yamile Astudillo Quinones, como suscriptor, un título ejecutivo. La deuda es líquida, actualmente exigible y la acción no se encuentra prescrita. Solicita, por tanto, se tenga por interpuesta demanda ejecutiva en contra de doña Vilma Yamile Astudillo Quiñones, ya individualizada, ordenando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $8.777.183.-, más el interés máximo para las operaciones de esta naturaleza y disponer se siga adelante con la ejecución hasta obtener el entero pago del capital adeudado, intereses y costas. SEG
Fallo
por tanto, se tenga por interpuesta demanda ejecutiva en contra de doña Vilma Yamile Astudillo Quiñones, ya individualizada, ordenando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $8.777.183.-, más el interés máximo para las operaciones de esta naturaleza y disponer se siga adelante con la ejecución hasta obtener el entero pago del capital adeudado, intereses y costas. SEGUNDO: Que, con fecha 15 de noviembre de 2019, comparece doña Martica Jacinta Infante Larrondo, abogada en representación de la ejecutada Vilma Yamile Astudillo Quiñones, quien en lo principal de su presentación, opone a la ejecución, las siguientes excepciones: 1.- Falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que los títulos tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente sea en relación con el demandado articulo 464 Nº 7 del Código de Procedimiento Civil. No aparece acreditado que se haya dado cumplimiento por la parte ejecutante, al pago del impuesto previsto por el artículo 1º Nº 3 del Decreto Ley Nº 3.475, Ley de Timbres y Estampillas. La ejecutante debió dar cumplimiento a esta obligación tributaria al momento de interponer la demanda, de lo contrario, carece de título ejecutivo y, por lo tanto, la demandante no se encuentra facultada para ejecutar a su representada, como es el caso de autos, en que la pretendida no ha hecho constar en parte alguna de su presentación el cumplimiento del requisito ya expuesto. C-5048-2019 2.- La concesión de e
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C-5048-2019 FOJA: 20 TRIBUNAL : TERCER JUZGADO CIVIL ANTOFAGASTA. EJECUTANTE : BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES. EJECUTADO : VILMA YAMILE ASTUDILLO QUIÑONES. MATERIA : JUICIO EJECUTIVO OBLIGACIÓN DE DAR. ROL : 5048-2019. Antofagasta, ocho de junio de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 24 de septiembre de 2019, comparece doña Paulina Paniagua Ibarra, abogado, en repr
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