14º Juzgado de Garantía de Santiago

CAMILA FERNANDA ALLENDE MUñOZ C/ MANUEL RODOLFO SILVA GONZÁLEZ

Rol

O-6169-2022

Fecha

24 de enero de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Ministerio Público dedujo requerimiento en contra del imputado, fundándolo en que el día 26 de Mayo de 2022, a las 23:00 hrs aproximadamente, en el domicilio ubicado en Volcán Choshuenco N°2835, en la comuna de la Florida, el imputado MANUEL RODOLFO SILVA GONZALEZ, amenazo de forma seria y verosímil a la victima de nombre CAMILA FERNANDA ALLENDE Código: WBXFXDJKBEL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl MUÑOZ, manifestándole:” Logis culiao, les voy a quemar la casa, el auto, donde los vea les voy a pegar.”. Según el Ministerio Público, los hechos antes descritos son constitutivos del delito de amenazas, previsto y sancionado en el artículo 296 N°3 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado. Al requerido se le atribuye participación en calidad de autor ejecutor en los términos del artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Que, el Ministerio Público le reconoce al imputado la circunstancia atenuante de responsabilidad contemplada en el número 9 del artículo 11 del Código Penal, esto es, la colaboración sustancial. Es en virtud de lo anterior que se solicitó la imposición de una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, las accesorias legales, sin costas. En mérito de lo anterior y artículo 1, 11Nº9,14Nº1, 15Nº1, 18, 25, 26, 30, 50, 67, 69 y 296N°3 del Código Penal; artículos 45, 47 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 8 de la Ley 18.216,

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a MANUEL RODOLFO SILVA GONZÁLEZ, ya individualizado, a sufrir una pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al ser considerado autor ejecutor del delito consumado de amenazas simples, perpetrado en la comuna de La Florida el día 26 de mayo del 2022. Código: WBXFXDJKBEL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que, por reunir el sentenciado en la especie los requisitos del artículo 8º de la Ley 18.216, se le impondrá como pena sustitutiva la reclusión parcial nocturna domiciliaria, computándose una noche por cada día de privación de libertad a que ha sido condenado, entre las 22:00 horas a 06:00 horas en el domicilio de Calle Volcán Osorno Nº3638, Block 5, departamento A-32, comuna de La Florida, Santiago, y se solicitará informe de factibilidad técnica para dicho domicilio a Gendarmería de Chile, debiendo presentarse el condenado en el CRS Santiago Oriente dentro de los cinco días siguientes a que recupere su libertad en causa diversa, sin abonos que considerar. III.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas. Los intervinientes son notificados personalmente de esta sentencia y renuncian a plazos y recursos legales, por lo que queda firme y ejecutoriada. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en su oportunidad. Pronu

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C/MANUEL RODOLFO SILVA GONZÁLEZ. RIT: 6169-2022. RUC: 2200531271-3. AMENAZAS. Santiago, veinticuatro de enero del 2023. Que, ante este 14º Juzgado de Garantía de Santiago con fecha 24 de enero del 2023 se celebró audiencia de procedimiento simplificado bajo la dirección del Juez Carlos Muñoz Sepúlveda, en la causa RIT 6169-2022, seguida contra MANUEL RODOLFO SILVA GONZÁLEZ, cédula de identida

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