3º Juzgado de Letras de Ovalle

RIVERA/

Rol

V-8-2020

Fecha

5 de junio de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 8 de enero de 2020 a las 23:46 horas, por intermedio de la Oficina Judicial Virtual, comparece do a ñ TERESA ISABEL RIVERA MURA, chilena, soltera, secretaria, c dula nacional de identidad n meroé ú 12.814,683-0, domiciliada en Peralillo N° 153, Comuna de Vicu a,ñ formuló pedimento de la concesi n de exploraci n denominada “ó ó CARMONA NUEVE”, con una superficie 300 hect reasá .- SEGUNDO: Que el pedimento “CARMONA NUEVE” fue inscrito a fojas 31 Vta. N°23 del Registro de Descubrimientos de Minas del Conservador de Minas de Monte Patria, correspondiente al a o 2020, el 17 de enero de 2020 yñ publicado en el Bolet n Oficial de Miner a el 3 de febrero de 2020.í í TERCERO: Que a lo principal de la presentaci n realizada por laó Oficina Judicial Virtual con fecha 26 de febrero de 2020, comparece don RAUL PEDRO SALAMANCA CARVAJAL, chileno, abogado, domiciliado en La Serena, calle Matta 288, en representaci n de Teresa Isabel Rivera Mura, ya individualizadaó en autos, solicit sentencia constitutiva de la concesi n de exploraci n denominadaó ó ó “CARMONA NUEVE”. Foja: 1 CUARTO: Que con fecha 22 de abril de 2020, se tiene por evacuado el informe y agregado a la carpeta virtual, Oficio Ordinario No.0898 de fecha 13 de abril de 2020, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a, informa correctoí í aspectos t cnicos de la Concesi n de Exploraci n denominada “é ó ó CARMONA NUEVE”, Rol Nacional 04203-4252-7 perteneciente a “TERESA ISABEL RIVERA MURA.”, Superficie total 300 H s, Secci n D-078.-á ó Agrega que de acuerdo a lo ordenado en la providencia se alada en elñ antecedente 1 y a lo dispuesto en el art culo 57 del C digo de Miner a el Servicioí ó í Nacional informa a Us a:í “Que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud y plano de laé referida concesi n se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes.-ó Indica que la forma, las dimensiones y orientaci n de la cara superficial deó la concesi n solicitada se ajustan a la ley, quedando comprendida dentro del terrenoó pedido.- QUINTO: Que en consecuencia, y constando de la carpeta digital que las coordenadas U.T.M. de los v rtices del per metro de la concesi n minera deé í ó exploraci n “ó CARMONA NUEVE” son las siguientes: Que las coordenadas U.T.M. de los v rtices del per metro de la concesi né í ó son: VERTICE NORTE (mts.) ESTE (mts.) P.M. 6.615.500,00 349.100,00 V1 6.616.000,00 347.600,00 V2 6.616.000,00 350.600,00 V3 6.615.000,00 350.600,00 Foja: 1 V4 6.615.000,00 347.600,00 SEXTO: Que Consta de la carpeta digital que se han cumplido los requisitos legales en la tramitaci n de la constituci n de las concesi n de exploraci n minera,ó ó ó ó sin que existan omisiones o vicios que acarreen su caducidad. Y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 56, 57 y 58 del C digo deá í ó Miner a y art culo 42 de su reglamento, í í

Fallo

SE RESUELVE: I.- QUE SE APRUEBA el plano visados por el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a, queda constituida la concesi n de exploraci n denominadaí í ó ó “CARMONA NUEVE”, ubicada en la Comuna de Monte Patria, Lugar Monte Patria. Provincia Limar , Regi n IV DE COQUIMBO, con 300 hect reas en favorí ó á de “TERESA ISABEL RIVERA MURA.”. Extr ctese la presente sentencia y publ quese en el Bolet n Oficial deá í í Miner a.í Inscr base la sentencia y arch vese el plano correspondiente en elí í Conservador de Minas de Monte Patria. H gase entrega al interesado copia autorizada de esta sentencia constitutiva yá original del plano para el cumplimiento de lo dispuesto en el art culo 42 inciso 1°í del reglamento del C digo de Miner a.ó í Reg strese, d se copia y arch vese en su oportunidad.í é í Dictada por don PEDRO HECTOR HICHE IRELAND. Juez Letrado Titular. Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Ovalle, cinco de Junio de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.

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Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Ovalleº CAUSA ROL : V-8-2020 CARATULADO : RIVERA/ Ovalle, cinco de Junio de dos mil veinte VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 8 de enero de 2020 a las 23:46 horas, por intermedio de la Oficina Judicial Virtual, comparece do a ñ TERESA ISABEL RIVERA MURA, chilena, soltera, secretaria, c dula nacional d

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