MARCELO FRANCISCO BUSTAMANTE FIGUEROA C/ RODRIGO ANTONIO FLORES CORTEZ
Rol
O-451-2021
Fecha
22 de enero de 2023
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El 1 de enero de 2021, a las 07:40 horas aproximadamente, el imputado Rodrigo Antonio Flores Cortez condujo en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir el vehículo placa patente NY-9972 a través de la intersección de las calles Canal Beagle y Los Gladiolos, en la comuna de Caldera, y producto de tal ebriedad colisionó las máquinas de ejercicios públicas que se encontraban en el paseo peatonal. Por lo anterior, el imputado fue trasladado al Centro de Salud donde se obtuvo una muestra de sangre que fue sometida a la prueba de alcoholemia, que arrojó que mantenía una concentración de 1,74 gramos de alcohol por cada mil de sangre.” SE DECLARA: I. Que se condena a RODRIGO ANTONIO FLORES CORTEZ, R.U.N. 13.221.450-6, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más a la PENA ACCESORIA DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL, esto es la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la pena de INHABILITACIÓN PARA OBTENER LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE CINCO (05) AÑOS y a la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTOR del delito CONSUMADO de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin contar con licencia para conducir, previsto y sancionado del artículo 196 inciso primero de la Ley 18.290, en relación con el artículo 209 inciso segundo de la misma Ley, perpetrado en el territorio jurisdiccional de la comuna de Código: HNLCXDBXXDL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Caldera el día 01 de enero de 2021. II. Que cumpliéndose los requisitos que disponen los artículos 10 y 11 de la Ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD por el término de 81 horas, debiendo presentarse ante en Centro de Reinserción Social de Copiapó el día 26 de enero de 2023, bajo apercibimiento de
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a RODRIGO ANTONIO FLORES CORTEZ, R.U.N. 13.221.450-6, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más a la PENA ACCESORIA DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL, esto es la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la pena de INHABILITACIÓN PARA OBTENER LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE CINCO (05) AÑOS y a la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTOR del delito CONSUMADO de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin contar con licencia para conducir, previsto y sancionado del artículo 196 inciso primero de la Ley 18.290, en relación con el artículo 209 inciso segundo de la misma Ley, perpetrado en el territorio jurisdiccional de la comuna de Código: HNLCXDBXXDL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Caldera el día 01 de enero de 2021. II. Que cumpliéndose los requisitos que disponen los artículos 10 y 11 de la Ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD por el término de 81 horas, debiendo presentarse ante en Centro de Reinserción Social de Copiapó el día 26 de enero de 2023, bajo apercibimiento de despacharse una orden de detención en su contra en caso de no presentación en la fecha ya referida. III. Que respecto de la pena pecuniaria impuesta, aquella se ten
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SENTENCIA DEFINITIVA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO. FECHA Caldera, veintidós de enero de dos mil veintitrés. TRIBUNAL Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. MAGISTRADO EDEN SALVADOR BRICEÑO GUEVARA RUC 2100004785-3 RIT 451 - 2021 IMPUTADO RODRIGO ANTONIO FLORES CORTEZ R.U.N 13.221.450-6 FECHA DE NACIMIENTO 23-09-1975 DIRECCIÓN Pasaje 1 N°2139, Villa Esperanza COMUNA Copiapó DELITO Conducción de ve
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