Juzgado de Familia Osorno

ANONIMIZADO

Rol

P-330-2023

Fecha

10 de marzo de 2023

Materia

VULNERACIÓN DE DERECHOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos expuestos en el parte de denuncia, se da cuenta de una situación de violencia intrafamiliar, y no constitutiva de vulneración de derechos, y visto además lo dispuesto en los artículos 8 N° 7 y ...

Fundamentos

Considerando que los Tribunales de Familia deben conocer de los asuntos en que aparezcan niños, niñas o adolescentes gravemente vulnerados o amenazados en sus derechos, respecto de los cuales se requiera adoptar una medida de protección; que del tenor de los hechos expuestos en el parte de denuncia, se da cuenta de una situación de violencia intrafamiliar, y no constitutiva de vulneración de derechos, y visto además lo dispuesto en los artículos 8 N° 7 y ...

Fallo

se resuelve: Considerando que los Tribunales de Familia deben conocer de los asuntos en que aparezcan niños, niñas o adolescentes gravemente vulnerados o amenazados en sus derechos, respecto de los cuales se requiera adoptar una medida de protección; que del tenor de los hechos expuestos en el parte de denuncia, se da cuenta de una situación de violencia intrafamiliar, y no constitutiva de vulneración de derechos, y visto además lo dispuesto en los artículos 8 N° 7 y ...

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Familia de Osorno Los Carrera N° 1350, Osorno. Teléfonos: (64) 2421996 / (64) 2311511 e-mail: jfosorno@pjud.cl Osorno, diez de marzo de dos mil veintitrés Téngase presente opinión de la Consejera Técnico a folio Nº 6, en su mérito se resuelve: Considerando que los Tribunales de Familia deben conocer de los asuntos en que aparezcan niños, niñas o adolescentes gravemente vulnerados o amen

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica