DUEÑAS/
Rol
V-93-2020
Fecha
5 de junio de 2020
Materia
DEFUNCIÓN,AUTORIZACIÓN INSCRIPCIÓN FUERA PLAZO LEGAL
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
Considerando: Primero: Al folio 1, con fecha 1 de junio de 2020, comparece don Christian Andrés Dueñas Silva, solicitando autorización para inscribir la defunción de don Eleodoro Méndez Andrade, acaecida el 27 de mayo de 2020, en Iquique, por haber transcurrido el plazo previsto por el artículo 26 de la Ley N° 4.808, fundada en Certificado Médico de Defunción. Segundo: El inciso primero del artículo 26 de la Ley N° 4.808, sobre Registro Civil prescribe que pasados tres días después de la defunción, no se podrá proceder a la inscripción sin decreto judicial, y su inciso 2, que el juez calificará los motivos que hayan impedido la inscripción, y si esta omisión se hubiere hecho con dolo o malicia, aplicará las sanciones establecidas en el Código Penal. Tercero: Con el mérito de los documentos acompañados, adjuntos al folio 1, y estimándose plausibles los motivos expuestos, se configura la hipótesis legal prevista en la norma antes referida, por lo que se acogerá la solicitud.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 26 de la Ley N° 4.808; 817 y demás normas pertinentes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Se acoge la solicitud del folio 1, de 1 de junio de 2020, promovida por Christian Andrés Dueñas Silva, y se ordena practicar la inscripción de la defunción de don Eleodoro Méndez Andrade, Cédula de identidad N° 4.343.264-8, acaecida el 27 de mayo de 2020 en la Foja: 1 comuna de Iquique, con copia autorizada de la presente resolución y del Certificado Médico de Defunción, por el Servicio de Registro Civil e Identificación respectivo. Otórguese copia autorizada, a costa del solicitante. Regístrese y archívese con sus antecedentes, en su oportunidad. Dictada por doña KAROLA AGURTO CORDONÉS, Juez Titular del Tercer Juzgado de Letras de Iquique. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Iquique, cinco de Junio de dos mil veinte. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-06-05T12:42:11-0400
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 3 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : V-93-2020 CARATULADO : DUE AS/Ñ Iquique, cinco de Junio de dos mil veinte. Vistos y Considerando: Primero: Al folio 1, con fecha 1 de junio de 2020, comparece don Christian Andrés Dueñas Silva, solicitando autorización para inscribir la defunción de don Eleodoro Méndez Andrade, acaecida el
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