C/ LUCAS MATÍAS FRANCISCO MUÑOZ ALBORNOZ
Rol
O-7498-2022
Fecha
23 de enero de 2023
Materia
ROBO CON VIOLENCIA, INTIMIDACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 12 de agosto de 2022, siendo aproximadamente las 20.30 hrs., la víctima don Cristian Andrés Lara Fábrega, se desplazaba en el vehículo marca Kia, modelo Rio 5, placa patente GKZ-89, realizando funciones de uber, llevando dos pasajeros, sentado uno en el asiento trasero y el otro en el asiento del copiloto, cuando a la altura de la Caletera poniente de la Ruta 5 sur del kilómetro 34, de la comuna de Buin, un sujeto no identificado que se encontraba en la parte trasera toma del cuello a la víctima y comienza a asfixiarlo, mientras que el sujeto que se encontraba en el asiento del copiloto, siendo este Lucas Matías Francisco Muñoz Albornoz, saca de sus vestimentas un cuchillo con el cual lo amenaza, colocándolo en su abdomen y cuello de la víctima, indicándole que se bajara del automóvil, la víctima se detuvo, se bajó de él, huyendo los imputados en el vehículo de propiedad de la cónyuge la víctima. La víctima además, a raíz de esta situación, resultó con hematoma periorbitario, hemorragia subcutural derecha, de carácter menos grave. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Por estas consideraciones y vistos entonces lo dispuesto en los artículos 1, 5, 11 N°6, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 29, 50, 68, 70, 432, 436, 439, 449 del Código Penal, y artículos 47 inciso final, 297, 406, y siguientes, 411, 412 del Código Procesal Penal, art 1, 15, 17, 17 bis d, 38 y siguientes ley 18.216, SE DECLARA: Código: TBVZXDVXLQK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena LUCAS MATÍAS FRANCISCO MUÑOZ ALBORNOZ ya individualizado, por su participación en calidad de autor directo en el delito consumado robo con intimidación y violencia, perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Trib
Fallo
Por estas consideraciones y vistos entonces lo dispuesto en los artículos 1, 5, 11 N°6, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 29, 50, 68, 70, 432, 436, 439, 449 del Código Penal, y artículos 47 inciso final, 297, 406, y siguientes, 411, 412 del Código Procesal Penal, art 1, 15, 17, 17 bis d, 38 y siguientes ley 18.216, SE DECLARA: Código: TBVZXDVXLQK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena LUCAS MATÍAS FRANCISCO MUÑOZ ALBORNOZ ya individualizado, por su participación en calidad de autor directo en el delito consumado robo con intimidación y violencia, perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el doce de agosto de dos mil veintidós , a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, más inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que por reunir los requisitos del artículo 17º de la ley 18.216, se les sustituye la pena de presidio por Libertad vigilada intensiva, durante el tiempo de duración de la pena privativa de libertad, quedando sujeto(a) a la intervención, vigilancia y orientación permanentes de un delegado de Gendarmería de Chile del lugar de su domicilio, debiendo cumplir las condiciones que señala el artículo 17 de la Ley No. 18.216. Debiendo además cumplir con lo dispuesto en el artículo 17 ter letra b y d. El no cumplimiento de la pena sustitutiva dará
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ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha : veintitrés de enero de dos mil veintitrés. Imputado : LUCAS MATÍAS FRANCISCO MUÑOZ ALBORNOZ, cédula de identidad N° 20.888.522-7, nacido el 07 de junio de 2002, ignoro profesión u oficio, con domicilio en Avenida LOS HEROES Nº 1660, comuna de Paine. Fiscal : VLADIMIR CHANDÍA Defensor : NICOLE OPAZO, Defensor Privado Delito : ROBO CO
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