MINISTERIO PUBLICO C/ JEREMY JOSHUA FERNÁNDEZ VALENZUELA
Rol
O-1029-2021
Fecha
23 de enero de 2023
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Arauco, el Ministerio Público ha deducido acusación en procedimiento abreviado en contra de don JEREMY JOSHUA FERNÁNDEZ VALENZUELA, chileno, mayor de edad, fecha de nacimiento 15.07.1994, ignoro profesión u oficio, cédula de identidad N°18.697.629-0, domiciliado en Villa Pehuen pasaje Meli casa N°31 de la comuna de Arauco, asistido por su abogado defensor, a fin de requerir su responsabilidad en los hechos descritos en la acusación formulada, consistentes en: “En la comuna de Arauco, el día 02 de Octubre de 2021 en la ruta P22 a la altura del km 09 sector Antulafquen, aproximadamente 04:55 hrs el imputado Yeremy Joshua Fernández Valenzuela sin la competente autorización, guardó, portó y transportó al interior del vehículo Marca Nissan modelo V-16, color negro, PPU CLYX.61, con el objetivo de traficar 12 envoltorios de nylon transparente los que en su interior contenían una sustancia color blanca similar a cocaína, además de un envoltorio de bolsa transparente con una sustancia vegetal color verdosa similar a la canabis sativa, sustancias que tras ser sometidas a respectiva prueba de pesaje y de campo arrojaron ser 134 grs de marihuana y 17 gr de cocaína, manteniendo el imputado en su poder $74.750 pesos de dinero en efectivo y una balanza digital color negro, todo aquello sin contar con la competente autorización y sin estar destinada dicha droga a su uso o consumo personal, próximo y exclusivo en el tiempo.” Los hechos descritos, a juicio del Ministerio Público, son constitutivos del delito de tráfico en pequeñas cantidades de droga, descrito y sancionado en el artículo 4 en relación al artículo 1 de la ley 20.000; atribuyéndole al imputado, participación en calidad de autor y encontrándose el delito referido en grado de desarrollo de consumado. La acusación deducida señala que concurre respecto del acusado la circunstancia atenuante contemplada en el artículo 11 N°1 del Código: FTSPXDZLPQK
Fundamentos
considerandos precedentes, los antecedentes de investigación recopilados por el Ministerio Público y pormenorizados en este
Fallo
fallo constituyen, a juicio de este sentenciador, elementos suficientes para formar la convicción de este Tribunal, más allá de toda duda razonable, de la existencia del ilícito por el cual se le ha acusado, así como de la participación en carácter de autor que le ha cabido al imputado en éstos, ponderando especialmente al efecto el mérito de los informes incorporados a la carpeta investigativa, los que dan cuenta del desarrollo lógico de los eventos en cuanto a su inicio –denuncia-, investigación, diligencias efectuadas y los hallazgos de las mismas, a lo que se une la aceptación formulada por el imputado respecto tanto de los hechos materia de la acusación como de los antecedentes de la carpeta investigativa. DÉCIMO: Que los hechos acreditados en el Considerando Séptimo de esta sentencia, corresponden a juicio de este sentenciador, a la calificación jurídica del delito de tráfico de droga en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000; toda vez que con la prueba incorporada, valorada en la forma referida, se estableció que el acusado, en la fecha y lugar señalado en la acusación fiscal, sin la competente autorización, poseyó y guardó en su domicilio pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas, productoras de dependencia física o síquica, sin justificar que ella estaba destinada a la atención de un tratamiento médico o a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo. DEC
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VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Arauco, el Ministerio Público ha deducido acusación en procedimiento abreviado en contra de don JEREMY JOSHUA FERNÁNDEZ VALENZUELA, chileno, mayor de edad, fecha de nacimiento 15.07.1994, ignoro profesión u oficio, cédula de identidad N°18.697.629-0, domiciliado en Villa Pehuen pasaje Meli casa N°31 de la comuna de Arauco, a
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