24º Juzgado Civil de Santiago

INMOBILIARIA SAN MIGUEL LTDA/

Rol

V-336-2019

Fecha

4 de junio de 2020

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Al folio 1, comparece don FELIPE MANUEL REBOLLEDO PE A, Run N 16.658.488-4Ñ ° Abogado, mandatario y representante judicial de la sociedad INMOBILIARIA SAN MIGUEL LIMITADA, Rol nico Tributario 96.557.350-k, Ú solicitando se declare el extrav o yí posterior reconstituci n de las letras de cambio N 48786,48787, 48788,ó ° 48789 y 48790, suscritas por Luis Gast n Orellana Mu oz, Runó ñ N 10.272.967-6, domiciliado en Uno Sur N 1330, Local 32, Talca,° ° mediante la cual se oblig a pagar a su representado la suma de 16ó Unidades de Fomento por cada una de ellas. Afirm que las letras de cambio se encuentran extraviadas y conformeó a lo previsto en los art culos 88 y siguientes del C digo de Procedimientoí ó Civil, solicit se ordene la declaraci n de extrav o y la emisi n deló ó í ó correspondiente instrumento de reemplazo, a objeto de ejercer los derechos que le corresponden como due o del t tulo, quedando nulo y sin ning nñ í ú valor el ejemplar extraviado a la fecha. Al folio 11, se efectu la publicaci n legal en el Diario Oficial y comoó ó consta al folio 17, sin que exista testimonio de haberse formulado oposici nó legal. Al folio 19, qued la gesti n en estado de ser resuelta.ó ó

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece ante este juzgado don Felipe Manuel Rebolledo Pe a, Abogado, en representaci n de sociedadñ ó RIT« » Foja: 1 Inmobiliaria San Miguel Limitada, solicitando se declare el extrav o yí reconstituci n de las letras de cambio N 48786,48787, 48788, 48789 yó ° 48790, por la suma de 18 Unidades de Fomento; SEGUNDO: Que, a fin de justificar la existencia del t tulo queí indica, acompa legalmente copia autorizada de las letras de cambio: ñó a) Letra de Cambio N 48.786 por un valor de 18 Unidades de° Fomento, beneficiario o portador Inmobiliaria San Miguel Limitada, fecha de vencimiento 10 de septiembre de 2019; b) Letra de Cambio N 48.787 por un valor de 18 Unidades de° Fomento, beneficiario o portador Inmobiliaria San Miguel Limitada, fecha de vencimiento 10 de octubre de 2019; c) Letra de Cambio N 48.788 por un valor de 18 Unidades de° Fomento, beneficiario o portador Inmobiliaria San Miguel Limitada, fecha de vencimiento 10 de noviembre de 2019; d) Letra de Cambio N 48.789 por un valor de 18 Unidades de° Fomento, beneficiario o portador Inmobiliaria San Miguel Limitada, fecha de vencimiento 10 diciembre de 2019; e) Letra de Cambio N 48.790 por un valor de 18 Unidades de° Fomento, beneficiario o portador Inmobiliaria San Miguel Limitada, fecha de vencimiento 10 de enero de 2020; TERCERO: Que, habi ndose efectuado la publicaci n en el Diarioé ó Oficial, al folio 17, se certific que no existi oposici n en los t rminos queó ó ó é autoriza el art culo 89 de la ley N 18.092;í ° CUARTO: Que, valorados legalmente los antecedentes que obran en autos y sin que se hayan presentado interesados haciendo valer sus derechos respecto del t tulo extraviado, este tribunal acceder a lo pedido yí á autorizar al solicitante para requerir el pago del t tulo, en los t rminos queá í é se expresar n a continuaci n.á ó Por tales motivaciones y VISTO, adem s, lo dispuesto en los art culosá í 160, 161, 170 y 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil; 1698ó del C digo Civil; 88 y siguientes de la Ley N 18.092,

Fallo

se declara:ó ° RIT« » Foja: 1 Que ha lugar a la solicitud de lo principal de 16 de agosto de 2019 (folio 1) y en consecuencia, se declara el extrav o y se ordena laí reconstituci nó de: a) Letra de Cambio N 48.786 por un valor de 18 Unidades de° Fomento, beneficiario o portador Inmobiliaria San Miguel Limitada, fecha de vencimiento 10 de septiembre de 2019; b) Letra de Cambio N 48.787 por un valor de 18 Unidades de° Fomento, beneficiario o portador Inmobiliaria San Miguel Limitada, fecha de vencimiento 10 de octubre de 2019; c) Letra de Cambio N 48.788 por un valor de 18 Unidades de° Fomento, beneficiario o portador Inmobiliaria San Miguel Limitada, fecha de vencimiento 10 de noviembre de 2019; d) Letra de Cambio N 48.789 por un valor de 18 Unidades de° Fomento, beneficiario o portador Inmobiliaria San Miguel Limitada, fecha de vencimiento 10 diciembre de 2019; e) Letra de Cambio N 48.790 por un valor de 18 Unidades de° Fomento, beneficiario o portador Inmobiliaria San Miguel Limitada, fecha de vencimiento 10 de enero de 2020, las fueron aceptadas por Luis Gast nó |1Orellana Mu oz, Run N 10.272.967-6, domiciliado en Uno Sur N 1330,ñ ° ° Local 32, pudiendo el solicitante ejercer los derechos correspondientes para obtener su pago en la oportunidad. An tese, reg strese y notif quese.ó í í Dictada por do a ñ Cecilia Past n P rezé é , Juez Suplente.sbb Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cuatro de Junio

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-336-2019 CARATULADO : INMOBILIARIA SAN MIGUEL LTDA/ Santiago, cuatro de Junio de dos mil veinte VISTOS: Al folio 1, comparece don FELIPE MANUEL REBOLLEDO PE A, Run N 16.658.488-4Ñ ° Abogado, mandatario y representante judicial de la sociedad INMOBILIARIA SAN MIGUEL LIMITADA, Rol nico

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