10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ EMILIO JOSÉ RETAMALES FIGUEROA

Rol

O-1376-2022

Fecha

23 de enero de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 13 de junio de 2022 a las 12.50 horas en calle Nueva Uno intersección avda. Maipú, comuna de Pedro Aguirre Cerda, el imputado abordo a la víctima de iniciales EAASC arrebatándole sorpresivamente y con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño un celular Motorola, modelo T9, morado, no logrando su cometido cayendo al suelo donde el imputado amenazo a la víctima señalándole “Soy de los chaneques, te voy a pegar unos balazos maraca culia”, momento en los cuales fue retenido por personas que transitaban en el lugar hasta la llegada de Carabineros quienes lo detuvieron. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 Nº9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 30, 50, 51, 67, 69, 296, 432, 436 inciso segundo del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal: Se declara: l.- Se condena a EMILIO JOSÉ RETAMALES FIGUEROA ya individualizado, como autor de los delitos de robo por sorpresa en grado de desarrollo de frustrado y el delito de amenazas no condicionales en grado de desarrollo de consumado, cometidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal el día 13 de junio de 2022, a sufrir dos penas de sesenta y un (61) días de presidio menor en su grado mínimo, y a las accesorias de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas, sin costas. II- Por no concurrir los requisitos de la ley 18.216 las penas corporales deberá cumplirlas en forma efectiva y se contará desde que se presente o sea habido, considerándose como abono el día que estuvo privado de libertad por esta causa entre el 13 y el 14 de junio de 2022 y el día 10 de octubre de 2022. Código: CXXXXDNBQXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese y dese cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportunidad. Téngase presente la renuncia de los plazos legales y esta sentencia como ejecutoriada. Deje sin efecto cautelares vigentes, orden de ingreso en calidad de

Fallo

Se declara: l.- Se condena a EMILIO JOSÉ RETAMALES FIGUEROA ya individualizado, como autor de los delitos de robo por sorpresa en grado de desarrollo de frustrado y el delito de amenazas no condicionales en grado de desarrollo de consumado, cometidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal el día 13 de junio de 2022, a sufrir dos penas de sesenta y un (61) días de presidio menor en su grado mínimo, y a las accesorias de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas, sin costas. II- Por no concurrir los requisitos de la ley 18.216 las penas corporales deberá cumplirlas en forma efectiva y se contará desde que se presente o sea habido, considerándose como abono el día que estuvo privado de libertad por esta causa entre el 13 y el 14 de junio de 2022 y el día 10 de octubre de 2022. Código: CXXXXDNBQXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese y dese cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportunidad. Téngase presente la renuncia de los plazos legales y esta sentencia como ejecutoriada. Deje sin efecto cautelares vigentes, orden de ingreso en calidad de rematado. Dirigió la audiencia y dictó sentencia don CLAUDIO MARCELO LARRE ROJAS, Juez titular del 10° Juzgado de Garantía de Santiago.- /Osalas. Código: CXXXXDNBQXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-24T11:42:36-0300

Texto Completo (Preview)

RESUMEN TRIBUNAL : DECIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. RUC : 2200574369-2 RIT : 1376-2022 DELITOS : ROBO POR SORPRESA, AMENAZAS NO CONDICIONALES NOMBRE IMPUTADO : EMILIO JOSÉ RETAMALES FIGUEROA CEDULA DE IDENTIDAD : 16.475.708-0 DOMICILIO : ESTRELLA BLANCA Nº4167; PEDRO AGUIRRE CERDA FISCAL : CLAUDIA CASTRO MONSALVE DEFENSORA PÙBLICA : VALERIA SILVA ROSALES CIRCUNST. MODIF. : ATENUANTE 11 Nº9

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